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IMPUESTOS EN INMUEBLES POR NO RESIDENTES
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En este vídeo hablamos de los impuestos a pagar por los propietarios de inmuebles que los tienen alquilados.
▶️ Lo primero a tener en cuenta es que los NO residentes NO comunitarios (por ejemplo, residentes en Estados Unidos o en cualquier país de Latinoamérica) están obligados a pagar un impuesto superior por el alquiler de sus inmuebles en España.
En concreto, a diferencia de los residentes en la Unión Europea, que pueden, como los residentes, deducir los gastos necesarios para alquilar una vivienda (IBI, gastos de comunidad, amortización), los NO residentes NO comunitarios están obligados a tributar por la renta bruta (sin deducir gastos) y además lo hacen a un tipo del 24%, frente al 19% de los comunitarios.
▶️ Además, en ambos casos, comunitarios y no comunitarios, no tienen derecho a aplicar la reducción del 60% en el rendimiento del alquiler que sí podemos aplicar los residentes fiscales en España.
Por ejemplo, en una vivienda que se alquila por 1.500 euros al mes, un no residente no comunitario (por ejemplo, un venezolano o un mexicano) pagaría unos 1.800 euros más al año que un europeo. Si además pudiera aplicar la reducción del 60% antes mencionada, el ahorro podría llegar a los 3.500 euros anuales.
🚨🚨 Existen muchos procedimientos abiertos por contribuyentes que han impugnado sus declaraciones y, en este momento, la Audiencia Nacional está pendiente de resolver esta cuestión, esperamos que de forma favorable para los contribuyentes.
✅ Por eso, si eres no residente y tienes inmuebles alquilados en España, tienes que calcular la tributación adicional que estás afrontando y analizar tu caso para plantear una posible impugnación de las declaraciones presentadas hasta la fecha.
▶️ Lo primero a tener en cuenta es que los NO residentes NO comunitarios (por ejemplo, residentes en Estados Unidos o en cualquier país de Latinoamérica) están obligados a pagar un impuesto superior por el alquiler de sus inmuebles en España.
En concreto, a diferencia de los residentes en la Unión Europea, que pueden, como los residentes, deducir los gastos necesarios para alquilar una vivienda (IBI, gastos de comunidad, amortización), los NO residentes NO comunitarios están obligados a tributar por la renta bruta (sin deducir gastos) y además lo hacen a un tipo del 24%, frente al 19% de los comunitarios.
▶️ Además, en ambos casos, comunitarios y no comunitarios, no tienen derecho a aplicar la reducción del 60% en el rendimiento del alquiler que sí podemos aplicar los residentes fiscales en España.
Por ejemplo, en una vivienda que se alquila por 1.500 euros al mes, un no residente no comunitario (por ejemplo, un venezolano o un mexicano) pagaría unos 1.800 euros más al año que un europeo. Si además pudiera aplicar la reducción del 60% antes mencionada, el ahorro podría llegar a los 3.500 euros anuales.
🚨🚨 Existen muchos procedimientos abiertos por contribuyentes que han impugnado sus declaraciones y, en este momento, la Audiencia Nacional está pendiente de resolver esta cuestión, esperamos que de forma favorable para los contribuyentes.
✅ Por eso, si eres no residente y tienes inmuebles alquilados en España, tienes que calcular la tributación adicional que estás afrontando y analizar tu caso para plantear una posible impugnación de las declaraciones presentadas hasta la fecha.
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