Exención de ISR para personas físicas del RESICOPF AGASPE 2023

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En este video te comparto comentarios acerca del tratamiento de la exención de ingresos para personas físicas que tributan en el régimen simplificado de confianza y que obtienen ingresos por agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.
Fundamentos legales: Artículo 113-E párrafo 9 LISR y Regla 3.13.10 de la RMF 2023.
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Mario un video donde tengas venta auto si estoy asalariado no piedo hacer factura, pero hace poxo me di de alta en resico y como se haria la favtura

xaviermercado
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Entonces si facture 400, 000 en el mes anterior, no estoy obligado a presentar la declaracion mensual?

ernestolimonmoreno
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Buen dia contador, una pregunta, un AGAPE Resico, que se encuentra en la exención de los 900, 000, ahora rebasa los 900, 000 por lo tanto hay que modificar su actividad y señalar que rebasa esa cantidad, pero la pregunta es si un año posterior no los rebasa y ya se plasmo que los rebasa, le saldría a favor o siempre tendra que pagar por haber señalado que rebasa ese importe ?, de antemano muchas gracias.

christianvillegas
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Hola me puede ayudar, mi abuelo es jubilado y no rebaza el monto anual para pago de ISR y tambien es Resico por agapes pero aun asi en sus declaraciones mensual le cobran el 1% pero el monto de sus ingresos son de 45mil mensual, como se le puede hacer para que no le cobre ese 1% de ISR, muchas gracias

ilsemarielabarragan
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Buenas noches maestro, un gusto saludarlo, espero pueda resolverme esta duda, un RESICO (AGAPES)que presentaba sus declaraciones mensuales aun sin tener la obligación ya que no había excedido los 900, 000, . Resulta que en julio rebaso dicha cantidad ahora mi duda es ¿se deben presentar declaraciones complementarias de los meses anteriores y generar los pagos correspondientes? o ¿solo a partir de la declaración en que se excedió en este caso Julio? ¿si no se han presentado esas complementarias de enero a julio, podrían sacarme de RESICO?
Le agradezco mucho su respuesta, anteriormente lo seguía por Facebook pero creo dejaron de transmitir, me podría confirmar la nueva cuenta de Facebook para seguirlo ya que es la fuente que mejor se me facilita, gracias.

nardaoregelbarragan
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Puedo pagar en la anual para no presentar declaración mensuales complentarias?

elsilenciodelmar
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Buenas tardes maestro, entonces en este caso tendríamos que presentar complementaria de los pagos provisionales de los meses anteriores quitando la exención?

reneg.
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Buena Noche contador Mario, soy régimen empresarial con actividad de cría y engorda de vacas y también tributo en régimen de sueldos y salarios e tenido ingresos de la actividad de cría y engorda no rebaso los 900, 000 al año, en este caso también se pierde la exención y debo de pagar impuestos?

eduardocortes
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Buenas tardes maestro.


Entonces la suma de los ingresos por jubilacion y resico no debe rebasar los 900 mil para la exencion de isr. Es correcto?

nayelipedro