Baja Voluntaria del Trabajador

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La dimisión del trabajador está contemplada en el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, y es una de las causas de extinción del contrato de trabajo. La dimisión puede ser expresa o tácita.

Tanto en uno como en otro caso, la voluntad del trabajador debe ser clara, evidente e inequívoca, por lo que no producirá efecto si adolece de alguno de los vicios del consentimiento, que se contienen en el artículo 1265 del código civil: error, dolo, violencia o intimidación.

En este vídeo hablamos de eso y de las causas de nulidad, plazo de preaviso y de lo que ocurre si el trabajador se retracta de la baja voluntaria anunciada.

Los abogados de nuestro bufete, Melián Abogados, escriben en nuestra web, en un lenguaje entendible, artículos relacionados con asuntos cotidianos de índole jurídica e interés general. Igualmente colaboramos con estos vídeos en el espacio jurídico "En 3 Minutos", de Mírame TV Canarias.

Para algunos la Felicidad es disfrutar de lo que desea o de algo bueno, un abogado ayuda a reclamar y defender los derechos de esas personas, derecho a unos bienes, a ver o estar con sus hijos, al honor, a la igualdad, a la libertad. Todo ello forma parte de nuestra Misión.

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