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RENTA DE CASAS DE INVERSIÓN | TAX TIPS #15
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“Renta de la casa de inversión que usted tiene”
Hablaremos del “Anexo E” en la “parte 1” aquí es donde usted debe ¡reportar las rentas! (El arriendo) (el ingreso) que tiene una casa que usted a comprado como inversión.
Ojo no de la casa que usted vive.
En el “Anexo E” usted escribirá “la propiedad” “el tipo de propiedad”, puede tener una “LLC” que sea dueña de la casa o simplemente, usted, en el “Anexo E” trabajando con su seguro social, también lo puede declarar.
Más adelante hablaremos de que es la “LLC”, por lo tanto, hoy hablaremos de los ingresos de arriendo y que usted deberá poner en los formularios.
La página del IRS explica lo siguiente:
La propiedad residencial de alquiler puede incluir una casa sencilla, apartamento, condominio, casa móvil, casa vacacional o propiedad similar.
Si en algún momento un contribuyente usa para sus propósitos personales una vivienda que alquila, tendrá que dividir sus gastos entre el uso de alquiler y el uso personal. Se tienen que dividir los gastos, aunque la vivienda no cumpla con la definición de una residencia. Se pueden deducir sólo los gastos de alquiler en el Anexo E (Formulario 1040) (en inglés). Tal vez le sea posible deducir algunos de los gastos personales en el Anexo A (Formulario 1040) si detalla sus deducciones.
Además, la cantidad de los gastos de alquiler que un contribuyente puede deducir puede verse limitada si la vivienda se considera una residencia.
La Publicación 527, tiene más detalles acerca de la división de los gastos y los límites de deducción.
Esta información fue tomada de la página oficial de IRS.
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La propiedad residencial de alquiler puede incluir una casa sencilla, apartamento, condominio, casa móvil, casa vacacional o propiedad similar.
Si en algún momento un contribuyente usa para sus propósitos personales una vivienda que alquila, tendrá que dividir sus gastos entre el uso de alquiler y el uso personal. Se tienen que dividir los gastos, aunque la vivienda no cumpla con la definición de una residencia. Se pueden deducir sólo los gastos de alquiler en el Anexo E (Formulario 1040) (en inglés). Tal vez le sea posible deducir algunos de los gastos personales en el Anexo A (Formulario 1040) si detalla sus deducciones.
Además, la cantidad de los gastos de alquiler que un contribuyente puede deducir puede verse limitada si la vivienda se considera una residencia.
La Publicación 527, tiene más detalles acerca de la división de los gastos y los límites de deducción.
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