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¿Puedo reducir en un 80% las sanciones contenidas en un pliego de cargos?
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Los contribuyentes que hayan sido notificados de un pliego de cargos podrán acceder a los beneficios tributarios consagrados en el artículo 45 de la Ley 2155 de 2021.
Si se notifica un pliego de cargos con la correspondiente sanción, respecto de alguna obligación administrada por la DIAN que debió haberse ejecutado con anterioridad al 30 de junio de 2021, se considerará como una “obligación en mora”, así lo expresó la DIAN en el concepto 100208192-415 del 05/11/2021.
T: 301 208 5777
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#Sanciones #PliegoDeCargos #Resolucion #DIAN #Intereses #Beneficios #Reduccion #Tributario #ReformaTributaria #Obligaciones #Ley #Colombia #OCHGroup
Si se notifica un pliego de cargos con la correspondiente sanción, respecto de alguna obligación administrada por la DIAN que debió haberse ejecutado con anterioridad al 30 de junio de 2021, se considerará como una “obligación en mora”, así lo expresó la DIAN en el concepto 100208192-415 del 05/11/2021.
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