Consecuencias de la firma del contador en la fe pública

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El artículo 10 de la Ley 43 de 1990 señala que la firma del contador, en los actos propios de su profesión, hará presumir, salvo prueba en contrario, que el acto certificado se ajusta a los requisitos legales, lo mismo que los estatutarios en el caso de las personas jurídicas.

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