✅ ¿Debo informar al SAT si recibo un préstamo? | Tratamiento fiscal de préstamos PF y PM

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Actualmente es muy común solicitar un préstamo, ya sea con una institución financiera o con un particular, como un amigo o familiar, por lo que es seguro que existen dudas sobre si se debe o no declararlo y qué efectos fiscales produce al contribuyente recibir dichos préstamos.

Primeramente, los préstamos no son considerados ingresos acumulables, por lo que no existe una obligación fiscal de pagar contribuciones por el dinero percibido como préstamo, entonces ya que estos ingresos no son gravables, es decir, no pagan impuestos, es importante contar con documentos que respalden este tipo de transferencias, como, el contrato bancario con la institución financiera o el contrato privado con el particular que haya realizado el préstamo, el registro contable correcto, la conciliación bancaria donde se aprecia dicho préstamo, los pagos realizados a préstamos o un comprobante bancario en caso de depósito.

¿Deben declararse los préstamos?

Si, es obligatorio declarar los préstamos recibidos, siempre y cuando sean mayores a 600 mil pesos, los cuales son acumulables, por ejemplo, si un contribuyente obtuvo préstamos de una institución financiera y también de un particular, se deberá considerar y declarar todos estos préstamos para evitar discrepancias. En caso que no se rebase este monto, no está de más informarlo al SAT, pero no se vuelve obligatorio.

Respecto a las Personas Morales, la Ley del Impuesto Sobre la Renta señala lo siguiente:

“Artículo 76 - Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:……..

XVI. Informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos que para tal efecto señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000.00, dentro de los quince días posteriores a aquél en el que se reciban las cantidades correspondientes”

Entonces ya que se establece la obligación de informar dichos préstamos mayores a 600 mil pesos y dentro de los 15 días posteriores a recibirlos, en caso de no realizarse, el SAT podrá considerarlos como ingreso acumulable de acuerdo al artículo 18 de la misma Ley, por lo que se deberá pagar impuestos.

Para las personas físicas, la Ley del Impuesto Sobre la Renta menciona:

“Artículo 90 -……….Las personas físicas residentes en México están obligadas a informar, en la declaración del ejercicio, sobre los préstamos, los donativos y los premios, obtenidos en el mismo, siempre que éstos, en lo individual o en su conjunto, excedan de $600,000.00. Las personas físicas residentes en México deberán informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos que para tal efecto señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, respecto de las cantidades recibidas por los conceptos señalados en el párrafo anterior al momento de presentar la declaración anual del ejercicio fiscal en el que se obtengan”

Por consecuencia, los préstamos recibidos en el año en efectivo o transferencia, donaciones y premios deben reportarse en la declaración anual del ISR, ante el SAT, siempre y cuando en su conjunto o por separado superen los 600,000 pesos, pero, si no se declara, de igual manera el SAT los considerará como ingresos extraordinarios y podrá cobrar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente.

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Qué pasa cuando tú emites el préstamo?

alejandravillavicencio
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A partir de q fecha 2017 ecreto bancario

Javier-tbzj
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Contador préstamo crédito hipotecario tengo que informarlo persona física arriba de los

Sasha-
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Buenas tardes tengoo una duda si el préstamo lo obtuve en el 2022 ya no lo puedo declarar en el ejercicio de éste año?

monicacastillo
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Muchas gracias por la información. Tengo una duda. Tengo entendido que si recibo un préstamo debo incluirlo en la cuenta de "ACREEDORES DIVERSOS" pero tengo que emitir algún tipo de factura al momento de recibir el préstamo? y cuando realizo el pago con intereses, se debe hacer algún tipo de factura? o simplemente es el puro contrato?

MichLothbrok
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Factura, contrato, spei para comprobar el préstamo

vladdracul
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Buena tarde quisiera saber una persona presta dinero a rédito no rebaza los tres mil pesos tiene que declarar impuest

imeldatorales
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Hola, definitivamente necesito una asesoría con usted con respecto al pago de impuestos sobre las remesas y préstamos. Sería posible una consulta con usted?

draxd
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Muchas gracias, una pregunta también los prestamos hipotecarios, se debe avisar .

isismandy
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Hola excelente video me gustaría una asesoría con ustedes y cuánto me costaría?

eduardomangas
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Hola, gracias por el video ... tengo una duda, yo soy empleado y solicite un prestamo al banco de menor cantidad de lo q mencionas, la duda q tengo es, si los impuestos cobrados por el banco, a estos le puedo solicitar una carta de retencion de impuestos para asi poderlos poner en mi declaracion anual. saludos y gracias de antemano.

benjaminperez
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Disculpa, si este mes recibiré un préstamo por menos de $600, 000 debo meterlo en esta declaración o hasta 2024? Gracias por tu respuesta

alexistorres
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tengo una duda si la persona que me haga el préstamo es persona física tenemos que hacer un contrato? es decir el no puede depositarme o transferirme a mi cuenta a menos que venga concepto de préstamo únicamente?

dreyfranciscohernandezrodr
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tengo una duda existencial, adquirir una moto a credito. tengo que declararlo? por que me llegan mis facturas de pagos,

paolamelo
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los intereses ? sobre estos prestamos se deducen?

danielakahlo