DÍAS DE DESCANSO LEY FEDERAL DEL TRABAJO

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Análisis completo de como se pagan los séptimos días y días festivos de acuerdo a la ley laboral.

Suprema Corte de Justicia de la Nación

Registro digital: 2014582
Instancia: Segunda Sala
Décima Época
Materias(s): Laboral
Tesis: 2a./J. 63/2017 (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 43, Junio de 2017, Tomo II, página 951
Tipo: Jurisprudencia

DÍAS DE DESCANSO SEMANAL Y DE DESCANSO OBLIGATORIO. CARGA DE LA PRUEBA TRATÁNDOSE DE RECLAMACIONES POR AQUEL CONCEPTO.

En atención al principio general de que quien afirma se encuentra obligado a probar, la hipótesis bajo la cual el trabajador sostiene que el patrón no le cubrió la remuneración correspondiente a los días de descanso semanal y de descanso obligatorio, permite estimar que el reclamo en ese sentido conlleva la afirmación de que los laboró; de manera que siempre que exista controversia, se generan dos cargas procesales basadas en el referido principio: la primera, consiste en la obligación del trabajador de demostrar que efectivamente los laboró y, la segunda, una vez justificada por el obrero la carga aludida, corresponde al patrón probar que los cubrió. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades que el artículo 784 de la Ley Federal del Trabajo confiere a la Junta de eximir de la carga de la prueba al trabajador cuando pueda llegar a la verdad por otros medios.

Contradicción de tesis 159/2015. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados de Circuito Tercero del Centro Auxiliar de la Décima Región, con residencia en Saltillo, Coahuila, y Primero del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. 26 de abril de 2017. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas y Eduardo Medina Mora I. Ausente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Ponente: Alberto Pérez Dayán. Secretario: Rafael Quero Mijangos.

Tesis y criterio contendientes:

Tesis (IV Región)1o. J/8 (10a.), de título y subtítulo: "DÍAS FESTIVOS. SI EL TRABAJADOR AFIRMA QUE EL PATRÓN NO LE CUBRIÓ EL PAGO CORRESPONDIENTE, SIN ESPECIFICAR QUE LOS LABORÓ, CORRESPONDE A ÉSTE LA CARGA DE LA PRUEBA DE DESVIRTUAR TAL RECLAMO.", aprobada por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz, y publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 4 de julio de 2014 a las 8:05 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 8, Tomo II, julio de 2014, página 869, y

El sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región, con residencia en Saltillo, Coahuila, al resolver el amparo directo 301/2015 (cuaderno auxiliar 361/2015).

Tesis de jurisprudencia 63/2017 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veinticuatro de mayo de dos mil diecisiete.
Esta tesis se publicó el viernes 23 de junio de 2017 a las 10:29 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 26 de junio de 2017, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.
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Комментарии
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En mi empresa si faltó a trabajar un día festivo me ponen falta por qué si se supone que es descanso

chuki
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Tengo duda ya que trabajo en mi día de descanso, domingo pero el patrón solo me paga doble por qué trabajo solo 2 horas esto es válido?

NancyLópezLopez-ol
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Que pasa si mi patrón me da dos días de descanso, como le hago la cuenta para sacar mi salario diario, divido mi salario entre 7 días o 6 días?

israelgarcia
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En mi trabajo no me pagan los días festivo y ya tengo trabajando desde el 2011 que puedo acer

sergiovazquezcamero
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Buenos días abogado disculpe ¿Los días de descanso cuentan como día de vacaciones? Por ejemplo descanso el domingo, si en mis vacaciones se cruza un domingo ¿Se cuenta como vacaciones?

loloolvera
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Cómo se aplica la ley cuando la jornada está acordada a 48 horas laboras en 5 días y 2 de descanso y me piden trabajar 1 día más. ¿Siempre es al triple?

Toph
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Que pasa si trabajo un domingo qué es mi descanso de la semana y además ese domingo es un día inhábil (feriado)

sneyderjimenez
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Y si mi jornada es 4x3 y me hacen trabajar en uno de mis 3 dias de descanso (o los 3), es triple también?

xinkaelusher
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Yo trabajo en las noches de 22:00 a 06:00 am los Lunes, Miércoles y Viernes. Fui el 18 de Marzo y pensé que al recibir mi nómina me los pagarían y no sucedió. Platicando con algunos compañeros de otros turnos, me comentaron que sólo se les paga a los del matutino y vespertino pero que a mí sólo se me pagarían por las 2 hr que laboré (en mi nómina viene que fueron 152 pesos) que puedo hacer? y otra cosa, se acerca el 1ro de Mayo, si no mejor para no ir.

karlamonterrubio
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Para que mejor entienda el trabajador. Deberías por las partes proporcionales en un pizarrón. Sería una CAPACITACION COMPLETA.

JoseRamirez-pnzv
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En la empresa en la que estoy trabajando sí faltas un día te descuentan dos

veronica
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Buenos dias abogado tengo una cituacion estoy dado de alta en el seguro social con el salario minimo y yo gano 600 quisiera que mi seguro sea proporcional ami salario mis patrones me disen q no porque ban a pagar mucho que puedo aser .mil gracias

IkerEulogio
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Mi salario es de 5, 000 quincenales y 1, 000 de bono 500 de asistencia y 500 de puntualidad para un total de 6, 000 quincenales según ellos por no asistir hoy me van a descontar esos mil pesos, la verdad es no quise trabajar el festivo por qué se me hizo muy poco 500 pesos cuando por ley deberían de pagar mi día más el doble del festivo

juanramontorresgarfias
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Lic. Una duda yo trabajo para una corporación de Seguridad privada, y me toca trabajar e día festivo, como se me pagaría??

edgarescobedo
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Jajaja que se lo digan a seguros Inbursa que obliga a trabajar 24/7 con solo dos dias de descanso al mes, sin goce de sueldo por fines de semana laborados, sin pago correspondiente por dias festivos laborados y sin pago por turnos y/o horas extras

Sgmuff
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Hoy no fui a laborar, día festivo natalicio de Benito Juárez y la empresa a la cual presto servicios me quiere descontar 1, 000 pesos por puntualidad y asistencia según ellos a si lo estipula su contrato

juanramontorresgarfias
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Hola, Buenos días, @ABOGADOS LABORALES MTY, QUE SUCEDE SI MI DÍA DE DESCANSO COINCIDE CON UNO FERIADO OFICIAL, COMO ES EL CASO DE EL PRÓXIMO DOMINGO 25 DE DICIEMBRE, Y TENGO QUE TRABAJARLO?
ADEMÁS DE QUE ME PIDEN TRABAJARLO 16 HORAS, OSEA DOS TURNOS

maccastillo
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HOLA YO Trabajo de lunes asavado yganaba 45 Ora y me Kitan undias y medejan en 32 eso se puede

miqueyareyes
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Si mi descanso fijo semanal es en lunes como aplican los festivos si no los laboro??

angelyonatanballatobucio
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A mí también, por no asistir a laborar, en día festivo me quitan todos los bonos y los vales de despensa de todo un mes, que son alrededor de $3500.00 en total. Lo que regularmente hacen cuando se tiene una falta justificada o no (a lo que yo creo que el descuento debería de ser proporcional, no total), pero es legal que lo hagan cuando se trata de un día de descanso obligatorio?, Qué podríamos hacer en ese caso?. Gracias 😢

vickyrodriguez