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TRIBUTACIÓN SEGÚN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA: IRPF, PATRIMONIO Y TPO.
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Cada Comunidad Autónoma tiene sus propias normas tributarias, por lo que no se pagarán los mismos impuestos si resides en Madrid que si lo haces en Barcelona o en Ibiza.
Los impuestos sobre los que existen las principales diferencias de tributación de una Comunidad a otra son IRPF, Patrimonio, Donaciones, Sucesiones e Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
▶️ En el IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio, es indiferente dónde estés empadronado, ya que la regla principal será determinar en qué Comunidad has pasado efectivamente un mayor número de días del año entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.
▶️ Respecto del IRPF, en Madrid tenemos el tipo máximo más bajo, con el 45%.
En cambio, por ejemplo, Comunidad Valenciana o Cataluña tienen los tipos máximos en el 54% y 50%, respectivamente.
▶️ Respecto del Impuesto sobre el Patrimonio, Madrid es la única Comunidad donde no se paga este Impuesto.
Mientras que, por ejemplo, en Comunidad Valenciana o Baleares, se paga un 3,5% y 3,45% respectivamente.
▶️ Respecto del TPO, por ejemplo en la compraventa de un inmueble entre particulares, hay diferencias relevantes en el tipo aplicable según la comunidad donde se ubique el inmueble.
Por ejemplo, en estos casos en Madrid el tipo es del 6%, mientras que otras como Cataluña, Baleares o Extremadura puede llegar al 11%.
▶️ En el vídeo podéis ver los distintos tipos existentes en cada Comunidad.
🚨🚨 Cuidado que desde el Gobierno de España llevan tiempo planteando imponer un Impuesto sobre el Patrimonio obligatorio en toda España.
Ante esa amenaza, y aunque se resida en Madrid, es imprescindible contar con el adecuado asesoramiento fiscal especializado para revisar el cumplimiento de los requisitos de Empresa Familiar respecto a la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio.
⚠️⚠️⚠️ Y cuidado con aquellos casos donde se finge vivir en Madrid para pagar menos impuestos, cuando realmente resides en otra Comunidad.
Hacienda se entera de todo.
Los impuestos sobre los que existen las principales diferencias de tributación de una Comunidad a otra son IRPF, Patrimonio, Donaciones, Sucesiones e Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
▶️ En el IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio, es indiferente dónde estés empadronado, ya que la regla principal será determinar en qué Comunidad has pasado efectivamente un mayor número de días del año entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.
▶️ Respecto del IRPF, en Madrid tenemos el tipo máximo más bajo, con el 45%.
En cambio, por ejemplo, Comunidad Valenciana o Cataluña tienen los tipos máximos en el 54% y 50%, respectivamente.
▶️ Respecto del Impuesto sobre el Patrimonio, Madrid es la única Comunidad donde no se paga este Impuesto.
Mientras que, por ejemplo, en Comunidad Valenciana o Baleares, se paga un 3,5% y 3,45% respectivamente.
▶️ Respecto del TPO, por ejemplo en la compraventa de un inmueble entre particulares, hay diferencias relevantes en el tipo aplicable según la comunidad donde se ubique el inmueble.
Por ejemplo, en estos casos en Madrid el tipo es del 6%, mientras que otras como Cataluña, Baleares o Extremadura puede llegar al 11%.
▶️ En el vídeo podéis ver los distintos tipos existentes en cada Comunidad.
🚨🚨 Cuidado que desde el Gobierno de España llevan tiempo planteando imponer un Impuesto sobre el Patrimonio obligatorio en toda España.
Ante esa amenaza, y aunque se resida en Madrid, es imprescindible contar con el adecuado asesoramiento fiscal especializado para revisar el cumplimiento de los requisitos de Empresa Familiar respecto a la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio.
⚠️⚠️⚠️ Y cuidado con aquellos casos donde se finge vivir en Madrid para pagar menos impuestos, cuando realmente resides en otra Comunidad.
Hacienda se entera de todo.