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✅ ¿Debo declarar los ingresos provenientes de plataformas digitales?
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Si eres chofer de transporte privado de personas, repartidor de comida, anfitrión de alojamiento a particulares contratados por plataformas digitales o vendes productos en Amazon y te preguntas si estás obligado a presentar declaración por estos ingresos, debes saber que existe un régimen fiscal especial para tus actividades.
El SAT diseñó un esquema para personas físicas que se dedican a estas actividades, llamado plataformas tecnológicas para que puedan cumplir con sus obligaciones fiscales, pues desde el 1 de junio del 2020 se aprobó que los socios de estas plataformas deben presentar su declaración de impuestos, pero fue aplicada a partir del 1 de enero de 2021.
Esto quiere decir que el régimen fiscal será aplicado para plataformas digitales como:
- Uber
- Didi
- Cabify
- Airbnb
- Cornershop
- Amazon
- Mercado Libre
Los afiliados de las aplicaciones que brindan servicios deben declarar ante el SAT y deberán hacerlo como personas físicas, de forma independiente a las obligaciones de la plataforma digital a la que esté inscrito.
Y entonces, ¿Esta obligación es para todos?
Esta obligación fiscal es sólo para aquellos cuyos ingresos rebasaron los 300 mil pesos en el año, por lo que si recibiste ingresos menores a esta cantidad podrás no presentar la declaración del IVA ni de ISR, al ser considerada la retención que realiza la empresa como pago definitivo de impuestos.
Retención ¿Cuál es el porcentaje?
A partir del primero de enero de 2021, como consecuencia de la Resolución a la Miscelánea Fiscal aprobada por el Congreso de la Unión, las empresas como Uber o Didi son las encargadas de retener el impuesto Sobre la Renta (ISR) a sus socios, aplicando una tasa única que va a depender de la actividad.
La Ley del Impuesto sobre la Renta, en su Artículo 113-A establece la tasa de retención que deberán aplicar a los trabajadores de las plataformas digitales, quedando de la siguiente manera:
- Tratándose de prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes la retención se hará por el 2.1%.
- Tratándose de prestación de servicios de hospedaje la retención se hará por el 4%.
- Tratándose de enajenación de bienes y prestación de servicios la retención se hará por el 1%.
La retención de Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplica una tasa de 8%.
Para los que no están obligados, sólo en caso de que quieran presentar gastos deducibles para solicitar su devolución de impuestos, pueden hacer su declaración anual y entonces, solicitarla.
¿Qué pasa si no cumplen?
Toda la información del trabajador la tiene la plataforma digital que a su vez lo da a conocer al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Recordemos que la plataforma está obligada a integrar el impuesto retenido al afiliado, lo que fue planeado cuidadosamente por el SAT para ayudar a pequeños contribuyentes personas físicas a cumplir con sus obligaciones. Por lo que la plataforma deberá integrar dichas retenciones.
Eso significa que, si alguien no cumple con el pago o declaración de impuestos de forma completa y correcta, tiene el riesgo de que el SAT los multe o sancione como a cualquier otro contribuyente.
Si eres un trabajador que brinda servicios a través de plataformas digitales, es importante que cumplas con tus obligaciones fiscales, conozcas las normativas del régimen en el que tributas. Evita problemas futuros y cumple con tus obligaciones, recuerda que el desconocimiento de la ley no te exime de su cumplimiento.
-- Con gusto podemos ofrecerte alguno de nuestros servicios --
-- Información gratuita para que sigas capacitandote --
¿Tienes alguna duda de nuestros servicios?
Teléfono: 442 675 8634
El SAT diseñó un esquema para personas físicas que se dedican a estas actividades, llamado plataformas tecnológicas para que puedan cumplir con sus obligaciones fiscales, pues desde el 1 de junio del 2020 se aprobó que los socios de estas plataformas deben presentar su declaración de impuestos, pero fue aplicada a partir del 1 de enero de 2021.
Esto quiere decir que el régimen fiscal será aplicado para plataformas digitales como:
- Uber
- Didi
- Cabify
- Airbnb
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Los afiliados de las aplicaciones que brindan servicios deben declarar ante el SAT y deberán hacerlo como personas físicas, de forma independiente a las obligaciones de la plataforma digital a la que esté inscrito.
Y entonces, ¿Esta obligación es para todos?
Esta obligación fiscal es sólo para aquellos cuyos ingresos rebasaron los 300 mil pesos en el año, por lo que si recibiste ingresos menores a esta cantidad podrás no presentar la declaración del IVA ni de ISR, al ser considerada la retención que realiza la empresa como pago definitivo de impuestos.
Retención ¿Cuál es el porcentaje?
A partir del primero de enero de 2021, como consecuencia de la Resolución a la Miscelánea Fiscal aprobada por el Congreso de la Unión, las empresas como Uber o Didi son las encargadas de retener el impuesto Sobre la Renta (ISR) a sus socios, aplicando una tasa única que va a depender de la actividad.
La Ley del Impuesto sobre la Renta, en su Artículo 113-A establece la tasa de retención que deberán aplicar a los trabajadores de las plataformas digitales, quedando de la siguiente manera:
- Tratándose de prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes la retención se hará por el 2.1%.
- Tratándose de prestación de servicios de hospedaje la retención se hará por el 4%.
- Tratándose de enajenación de bienes y prestación de servicios la retención se hará por el 1%.
La retención de Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplica una tasa de 8%.
Para los que no están obligados, sólo en caso de que quieran presentar gastos deducibles para solicitar su devolución de impuestos, pueden hacer su declaración anual y entonces, solicitarla.
¿Qué pasa si no cumplen?
Toda la información del trabajador la tiene la plataforma digital que a su vez lo da a conocer al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Recordemos que la plataforma está obligada a integrar el impuesto retenido al afiliado, lo que fue planeado cuidadosamente por el SAT para ayudar a pequeños contribuyentes personas físicas a cumplir con sus obligaciones. Por lo que la plataforma deberá integrar dichas retenciones.
Eso significa que, si alguien no cumple con el pago o declaración de impuestos de forma completa y correcta, tiene el riesgo de que el SAT los multe o sancione como a cualquier otro contribuyente.
Si eres un trabajador que brinda servicios a través de plataformas digitales, es importante que cumplas con tus obligaciones fiscales, conozcas las normativas del régimen en el que tributas. Evita problemas futuros y cumple con tus obligaciones, recuerda que el desconocimiento de la ley no te exime de su cumplimiento.
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