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❌👉🏼Causas por las cuales puedes perder tu Tarjeta Comunitaria 💕
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La tarjeta comunitaria es uno de los trámites más demandados por los extranjeros que se encuentran en España debido a las ventajas que presenta este permiso, ya que autoriza a residir y trabajar en España en las mismas condiciones que cualquier otro español, ya sea por cuenta ajena, o por cuenta propia.
Sin embargo, la obtención de este permiso se limita a aquellos extranjeros que puedan acreditar la existencia de un vínculo con un ciudadano comunitario (cónyuge, pareja registrada, hijos, padres…o los familiares contemplados dentro de la conocida “familia extensa”).
Todos conocemos los requisitos y procedimiento completo para la obtención de esta tarjeta, pero ¡cuidado! también es importante conocer que por cualquiera de estas causas podrías perderla.
¿EN QUÉ CASOS PODRÍA PERDER LA TARJETA COMUNITARIA?
Primero debemos tener en cuenta que, para poder renovar la tarjeta comunitaria (solicitud de la tarjeta comunitaria permanente), transcurridos los cinco años, el interesado debe acreditar que durante ese tiempo, se han mantenido todos y cada uno de los requisitos que dieron derecho a la concesión de la tarjeta. De forma que, la interrupción de cualquiera de ellos, podría dar lugar a la extinción de la misma y por tanto perder dicha tarjeta de familiar de comunitario. Y en muchas ocasiones, el interesado se encuentra en una causa de extinción sin darse cuenta…
Pasamos a enumerar algunas de las causas por las cuales podrías perder tu tarjeta comunitaria:
ROMPER EL VÍNCULO CON EL CIUDADANO COMUNITARIO.
Pero, si se rompe el vínculo (divorcio, cancelación de la pareja de hecho), en principio, perdemos el derecho a esta tarjeta, salvo algunos supuestos concreto que recoge el RD 240/2007, de 16 de febrero, en su artículo 9, que permitiría al extranjero mantener la tarjeta cuando concurran determinadas circunstancias (Véase aquí).
NO CONVIVIR CON EL CIUDADANO COMUNITARIO O ESPAÑOL.
La finalidad de este permiso es la reagrupación familiar. Esto es, cuando el familiar viene a reunirse con el comunitario o acompañarle, con el objetivo de residir juntos en España durante un periodo superior a tres meses.
Como hemos mencionado anteriormente, este permiso es aquel que pueden solicitar los familiares de un ciudadano español o comunitario, siempre que dichos familiares no ostenten la nacionalidad de ninguno de estos Estados.
Es decir, este permiso de residencia está limitado a aquellos que acrediten la existencia de un vínculo con un ciudadano de la UE. De forma que, la existencia de este vínculo es lo que da el derecho a residir y trabajar en España.
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