ARTÍCULO 106 ✔ Código Civil y Comercial Comentado 🔊 (NUEVA LEY - ARGENTINA)

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El Articulo 106 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Comentado (ley 26.994 Argentina),
En este video veremos ¿Qué dice el artículo 106 del Código Civil? ¿Qué establece el art 106 Código Civil y Comercial argentino?

LIBRO PRIMERO - PARTE GENERAL, Título I, Persona humana
Introducción e Interpretación del Art. 106 comentado en formato de Audiolibro.

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El nuevo código civil y comercial argentino, fue promulgado el 7 de octubre de 2014 bajo el número de ley 26.994, contiene 2671 artículos y entró en vigor en vigor el 1 de agosto de 2015. Ha reemplazado al Código Civil de 1869 de Vélez Sarsfield, y al Código de Comercio de 1862.
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