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Perdon todas las deudas!! Ley segunda oportunidad 🔥🔥🔥
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👉¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad? 😧
💶Es una Ley regulada en Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, y cuya finalidad es obtener el perdón de las deudas, es decir obtener el conocido como “BEPI” (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho); cancelar las deudas por ley a aquellas personas o autónomos que no pueden hacer frente a las deudas 💸
👉¿Qué deudas forman el pasivo de una persona física?🤭
📊Desde préstamos, avales, facturas impagadas a proveedores, los llamados “créditos públicos/ privilegiados” (Agencia Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social, Ayuntamientos y cualquier organismo público) o los “créditos contra la masa” (los generados con posterioridad al concurso), entre otros. 📅
👉¿Se perdonan todas las deudas? 🤔
✅ Si, todos al 100%!!
- excepción de créditos privilegiados/ públicos y contra la masa que tienen ciertas peculiaridades, como que si se paga de inmediato sólo se perdona el 50%.
👉¿Cuál es el procedimiento a seguir 🎞
1️⃣ Se nombra a un mediador con el fin de que consiga un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores.
2️⃣ Si el acuerdo anterior fracasa, se inicia un proceso por vía judicial y se declarará el denominado concurso de persona física del deudor.
3️⃣Dado que el patrimonio será seguramente insuficiente para saldar las deudas, se acordará una exoneración por la vía inmediata o, por la vía provisional y sometida a un plan de pagos.
👉 ¿Qué requisitos debemos cumplir?👨🏻💻
* 👮🏻♂️Que el deudor no haya sido ni condenado en sentencia firme por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social
* 😇No haya obtenido este beneficio dentro de los diez últimos años
* 👨🏼🎓No haya rechazado dentro de los cuatro años anteriores a la declaración de concurso una oferta de empleo adecuada a su capacidad.
* ❌No superar los 5.000.000 de Euros de deuda. 💵💵💵
🔥💪🏽 Si quieres contratar o obtener más información, envíame email a
💶Es una Ley regulada en Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, y cuya finalidad es obtener el perdón de las deudas, es decir obtener el conocido como “BEPI” (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho); cancelar las deudas por ley a aquellas personas o autónomos que no pueden hacer frente a las deudas 💸
👉¿Qué deudas forman el pasivo de una persona física?🤭
📊Desde préstamos, avales, facturas impagadas a proveedores, los llamados “créditos públicos/ privilegiados” (Agencia Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social, Ayuntamientos y cualquier organismo público) o los “créditos contra la masa” (los generados con posterioridad al concurso), entre otros. 📅
👉¿Se perdonan todas las deudas? 🤔
✅ Si, todos al 100%!!
- excepción de créditos privilegiados/ públicos y contra la masa que tienen ciertas peculiaridades, como que si se paga de inmediato sólo se perdona el 50%.
👉¿Cuál es el procedimiento a seguir 🎞
1️⃣ Se nombra a un mediador con el fin de que consiga un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores.
2️⃣ Si el acuerdo anterior fracasa, se inicia un proceso por vía judicial y se declarará el denominado concurso de persona física del deudor.
3️⃣Dado que el patrimonio será seguramente insuficiente para saldar las deudas, se acordará una exoneración por la vía inmediata o, por la vía provisional y sometida a un plan de pagos.
👉 ¿Qué requisitos debemos cumplir?👨🏻💻
* 👮🏻♂️Que el deudor no haya sido ni condenado en sentencia firme por delitos contra el patrimonio, contra el orden socioeconómico, falsedad documental, contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social
* 😇No haya obtenido este beneficio dentro de los diez últimos años
* 👨🏼🎓No haya rechazado dentro de los cuatro años anteriores a la declaración de concurso una oferta de empleo adecuada a su capacidad.
* ❌No superar los 5.000.000 de Euros de deuda. 💵💵💵
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