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Cómo calcular y reclamar la INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO IMPROCEDENTE
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QUÉ INDEMNIZACIÓN CORRESPONDE POR DESPIDO IMPROCEDENTE
En caso de despido, el trabajador tiene 20 días hábiles para presentar una demanda por despido improcedente.
En caso de que un juez o la propia empresa, reconozcan esa improcedencia la empresa debe optar entre readmitir o indemnizar al trabajador.
Aunque normalmente se suele pagar la famosa indemnización por despido improcedente, las empresas pueden optar por readmitir al trabajador en las mismas condiciones de trabajo y pagándole todos los salarios de tramitación, desde la fecha del despido hasta la fecha de la readmisión.
Os dejo el artículo y el vídeo sobre la readmisión del trabajador:
Como las consecuencias de la readmisión son gravosas e inoportunas, tanto para el trabajador, como para la empresa, la otra opción es pagar una indemnización por despido improcedente y extinguir definitivamente la relación laboral.
Esta indemnización es de 33 días de salario por año trabajado, y en caso de trabajadores con antigüedad anterior a febrero de 2012, la indemnización es de 45 días de salario por año trabajado, por toda la antigüedad acumulada anterior a esa fecha.
Existen calculadoras online, entre ellas la calculadora oficial del Consejo General del Poder Judicial (la que utilizo yo y casi cualquier abogado laboralista), que permiten calcular la indemnización por despido improcedente.
Aunque se utilice la calculadora para despidos, es importante tener en cuenta el salario y la antigüedad correctos, puesto que en caso contrario, la indemnización resultante será errónea.
Como salario regulador se deben tomar todos los conceptos salariales y en caso de ser variables (por ejemplo, comisiones), debe hacerse un promedio de los doce últimos meses.
Quedan fuera del salario regulador las dietas, kilometraje, plus vestuario, plus transporte, y en general, todas las cantidades que tengan carácter supletorio o indemnizatorio, por ejemplo, queda fuera también el plus no competencia.
En cuanto a la antigüedad, debe considerarse la antigüedad inicial, aunque se haya empezado a trabajar por ETT (Empresa de trabajo temporal) o contrato temporal, siempre que no se haya interrumpido la relación laboral por un periodo significativo.
Teniendo en cuenta estas dos variables, salario y antigüedad, puede calcularse fácilmente la indemnización por despido mediante la calculadora oficial del Consejo General del Poder Judicial.
En caso de despido, el trabajador tiene 20 días hábiles para presentar una demanda por despido improcedente.
En caso de que un juez o la propia empresa, reconozcan esa improcedencia la empresa debe optar entre readmitir o indemnizar al trabajador.
Aunque normalmente se suele pagar la famosa indemnización por despido improcedente, las empresas pueden optar por readmitir al trabajador en las mismas condiciones de trabajo y pagándole todos los salarios de tramitación, desde la fecha del despido hasta la fecha de la readmisión.
Os dejo el artículo y el vídeo sobre la readmisión del trabajador:
Como las consecuencias de la readmisión son gravosas e inoportunas, tanto para el trabajador, como para la empresa, la otra opción es pagar una indemnización por despido improcedente y extinguir definitivamente la relación laboral.
Esta indemnización es de 33 días de salario por año trabajado, y en caso de trabajadores con antigüedad anterior a febrero de 2012, la indemnización es de 45 días de salario por año trabajado, por toda la antigüedad acumulada anterior a esa fecha.
Existen calculadoras online, entre ellas la calculadora oficial del Consejo General del Poder Judicial (la que utilizo yo y casi cualquier abogado laboralista), que permiten calcular la indemnización por despido improcedente.
Aunque se utilice la calculadora para despidos, es importante tener en cuenta el salario y la antigüedad correctos, puesto que en caso contrario, la indemnización resultante será errónea.
Como salario regulador se deben tomar todos los conceptos salariales y en caso de ser variables (por ejemplo, comisiones), debe hacerse un promedio de los doce últimos meses.
Quedan fuera del salario regulador las dietas, kilometraje, plus vestuario, plus transporte, y en general, todas las cantidades que tengan carácter supletorio o indemnizatorio, por ejemplo, queda fuera también el plus no competencia.
En cuanto a la antigüedad, debe considerarse la antigüedad inicial, aunque se haya empezado a trabajar por ETT (Empresa de trabajo temporal) o contrato temporal, siempre que no se haya interrumpido la relación laboral por un periodo significativo.
Teniendo en cuenta estas dos variables, salario y antigüedad, puede calcularse fácilmente la indemnización por despido mediante la calculadora oficial del Consejo General del Poder Judicial.
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