¿Teme ganarse un ‘inquilino pesadilla’? Claves para que esté tranquilo a la hora de arrendar

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La solución es un seguro o una fianza que lo proteja. Le contamos cómo funcionan.

1. Las pólizas y fianzas de arrendamiento le cubren al dueño de un inmueble el pago del canon, servicios públicos, cuotas de administración y otros rubros cuando el inquilino incumple.

2. El propietario puede contratar la póliza con una aseguradora, una afianzadora o por intermedio de una inmobiliaria.

3. Estas empresas le hacen al potencial inquilino el estudio de capacidad de pago. Lo aprueban o no según su historia crediticia y demás condiciones.

4. El costo equivale al 50% o 60% de un mes de arriendo, dependiendo de los montos amparados o la compañía con la que se contrate.

5. El dueño generalmente paga el estudio de papeleos. Si lo aprueban, el inquilino paga la suscripción de la póliza, que beneficiará al propietario.

6. La póliza se hace efectiva cuando el inquilino lleve más de un mes sin pagar el arriendo. O si ya devolvió el inmueble pero dejó daños o servicios sin pagar.

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Lo mejor es que busquen un abogado y le paguen 150.000 pesos para que les haga un buen contrato de arriendo. Lo aseguran con dos fiadores solventes. Si el arrendatario no paga un mes hay que iniciar el proceso de desalojo del inmueble por incumplimiento de pago en la alcaldía mas cercana con el juez de paz para la conciliación. Esta demostrado que un arrendatario que deja de pagar un mes ya no va a pagar mas y lo que consiga sera para pagar en otro lado. Si el juez de paz no da la orden de desalojo dentro de los 3 meses siguientes usted puede denunciarlo ante el consejo superior de la judicatura.

CarlosOliveira-oqjx