❌Complemento de CFDI | Multas y obligaciones

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aplicará nuevas sanciones a partir de este año, entre las que se encuentran por emitir facturas sin los complementos de pago correspondientes. Es de relevancia mencionar que se ha prorrogado la introducción de la Factura 4.0, sin embargo, la obligatoriedad de emitir complementos en nuestros comprobantes fiscales no se ha escavado de esta prórroga, por lo que deberás considerar informarte al respeto.

¿Qué es un Complemento de CFDI?

Es un elemento que incluye información importante para el emisor y para la autoridad, es fundamental para que tenga validación un CFDI en determinados sectores o actividades comerciales. El complemento de pago dentro de la facturación electrónica contiene información acerca de las operaciones y su uso es requerido y regulado por el SAT.

Así mismo, el complemento de pago es un comprobante que debes emitir cuando se trata de pagos diferidos, y/o cuando la transacción por un mismo servicio o producto se ha acordado en pagos parciales.

Existen diversos complementos, el uso de cada uno de ellos dependerá de la actividad y las operaciones realizadas, entre estos, se enlistan con carácter enunciativo los siguientes:

- Timbre Fiscal Digital (TFD)
- Donatarias
- Comercio exterior
- INE
- Aerolíneas
- Hidrocarburos
- Notarios Públicos
- Recibo de pago de Nómina

Sin embargo, existen 27 y hay cuatro que contienen información adicional al enajenar un bien o servicio, y si el contribuyente emite las facturas sin dichos complementos a su actividad y servicio, el SAT podrá imponer multas.

Pero ¿qué multas son aplicables si no emito complemento?

Si por alguna razón emites algún Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura al que le falte algún complemento correspondiente la autoridad podrá sancionarte.

El artículo 83 del Código Fiscal de la Federación menciona las infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad, en su fracción VII se encuentra que expedir comprobantes fiscales sin que cumplan los requisitos señalados en este mismo Código, en su Reglamento o en las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria se considera infracción.

En el artículo 84 del Código Fiscal de la Federación se expresa las sanciones que se impondrán a quien cometa las infracciones en el artículo anterior; específicamente en la fracción IV inciso d) se puntualiza la multa por emitir comprobantes fiscales que no cuenten con los complementos que determina la ley, la cual va desde $400.00 MN a $600.00 MN por cada comprobante fiscal que se emita.

Adicionalmente a lo anterior el contribuyente no podrá deducir o acreditar el pago, por lo que es importante considerar los requisitos para emitir CFDI y evitar dificultades y contratiempos.

Es importante mencionar que a partir del 1 de enero de 2022 se actualiza la versión del complemento de pagos a la versión 2.0, siendo su uso obligatorio a partir del 1 de enero del 2023.

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Комментарии
Автор

Hola Buen día
Tengo duda con el tiempo que tenemos para expedir el complemento de pago.
Por ejemplo, si emito la factura de ingresos el día 1o de Mayo y me pagan el 10 de Mayo, en que lapso debo expedir el complemento?

armibn