COMPLEMENTO DE PAGO 2022 | Plazo para su emisión

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La regla 2.7.1.32. de la RMISC 2022 señala que el CFDI con el complemento para recepción de pagos debe emitirse a más tardar al quinto día natural del mes inmediato siguiente al que corresponda el o los pagos recibidos; por lo tanto, se cuenta hasta el próximo 5 de febrero para emitir los correspondientes a enero 2022 o anteriores.

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