Renuncia Voluntaria | cómo afecta a tu pensión por cesantía con o sin modalidad 40

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Комментарии
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No se malinformen, eso no es real, claramente el articulo 123 dice "Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de
invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y CUALQUIER OTRO ENCAMINADO A LA PROTECCIÓN Y BIENESTAR DE LOS TRABAJADORES, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y
sus familiares." Es decir, con argumentar que cualquier otro, es mas que suficiente para que la pension de CESANTIA (por la causa que sea) sea valida. El unico requisito que te piden es tener 60 años de edad, tener al menos 500 semanas (en ley del 73) y estar conservacion de derechos (25% del tiempo total laborado) por ejemplo, si laboraste 500 semanas (10 años) tienes 2 años y medio para conservar el derecho, si laboraste 20 años tienes 5 años etc.. Pasando esa conservacion de derechos tienes que volver a laborar un año para reactivar esas semanas. Cualquier otra cosa que te digan con la excusa de negarte la Pension es Totalmente Inconstitucional. Soy abogado espacialista en pensiones, estoy 100% seguro de lo que digo. Saludos

PoliticaLatinayMas
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Lo mejor es preguntar directamente en el IMSS estas personas puede que solo crean temor e insertidumbre para ganarse unos pesos

chagopaco
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Lamentablemente hay personas que se dedican a esta actividad pero malinforman a las personas que los ven o siguen en los diferentes medios. Yo coincido con el abogado especialista, y de favor ya no mal informe a la gente que está por pensionarse

halcon_nocturno
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EXCELENTE.. INFORMACIÓN..DE LA QUE ME SALVÉ..NO HAY QUE HACER RENUNCIA VOLUNTARIA.. SALUDOS CORDIALES TRES VALLES VER MÉXICO...

gustavosastrekoy
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Muchas gracias contador, le agradezco por esos sabios consejos, un abrazo desde Nuevo Laredo

cesarmothemorales
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Muchas gracias licenciado por mantenernos al tanto saludos y que Dios lo proteja

javiercandelas
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Otro asesor se comunicó al IMSS vía correo y la respuesta es que, esto no es verdad, que hasta ahora el seguro, no ha negado pensión alguna (hasta donde se sabe), por motivo de renuncia voluntaria.

LENI
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Se debería legislar, sí la ley lo permite ahí ya vemos qué algo está fallando porqué el único afectado es el trabajador humilde, quizá haya complicidad entre las empresas y el IMSS

FrankRubenRodez
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Excelente información que la tomé a quien le sirva

luisstiles
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Eso según no aplica!!
Porque es ilegal
Aquí lo importante es estar sin empleo no importa se haya renunciado o los hayan dejado sin empleo!!
Hay q informar bien!!

clarahernandez
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pero sabes que la renuncia viene condicionada. Te liquidan al 100% pero te piden tu mismo llenes la carta de renuncia. De lo contrario no te dan la lana y de tdos modos ya no tienes trabajo. --- Aunque lo diga la constitucion, no te estan solicitando eso al hacer el tramite de pension.

BuhoGeopolitico
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Hola Contador, muchas gracias por la información.

estherquezada
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Gracias por toda su información bonita tardr

irmalozano
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Yo trabajé 13 años para el municipio y fue baja voluntaria y me dieron 3000 mil pesos 😏 gracias por su información.

juanitacarmona
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Si está definida la palabra INVOLUNTARIA, creo en lo justo que debe aparecer definida la palabra VOLUNTARIA y sus contextos que causan esa condición. Si la Ley no la menciona estoy en el entendido que no está definida y tampoco relacionada a esta condición. Por lo tanto no se discute como renuncia voluntaria. Es absurdo que si no lo menciona la Ley se tomen como verdad efectos no definidos ni relacionados. Mi opinión.

torrefuerte
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Huy muchísimas gracias por esta observación Wawww!!!!

asiulma
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Pregunté en una oficina del IMSS en donde me di de alta para mí último empleo. Me dieron una lista de requisitos y al preguntarle a la chica me dijo que no importaba la razón y que no era impedimento el haber renunciado al empleo para pensionarme si ya rebasaba los 60 años. Regresé semanas después y otra secretaria de la misma oficina me dijo lo mismo.

josemanuelhernandez
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Pero si la empresa es la que pone el concepto de baja del trabajador ante el imss, cómo cerciorarse del motivo correcto?

rumi-dx
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como puedo revisar como fue la baja que reporto el ultimo patron?

jrh
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fui a la delegación del imss de mi localidad, a confirmar la causal de baja en el aviso de mi ultimo trabajo, pero dos trabajadores de ahi me dijeron que ellos no tienen acceso a esos avisos, y que para el tramite de la pensión no se fijan en eso, sino en las semanas, salario y edad de la persona, y que que la ley dice que es por sesantia, no por renuncia voluntaria, asi como también dice que el tope es 10 salarios y que si no, no me hubieran autorizado inscribirme en la modalidad 40, al menos estoy mas tranquilo, que opina?

santiagogalvan