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¿Inversionistas en CETES, FIBRAS y Bolsa, pueden tributar en el RESICO?
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Todo lo que debes saber sobre la tributación en el RESICO para socios y accionistas. La ley del ISR establece que aquellos que sean socios, accionistas o integrantes de personas morales, no pueden pertenecer al RESICO. Pero, Qué pasa si inviertes en CETES, FIBRAS, UDIBONOS, inversiones fijas y variables, etc ¿tampoco puedes tributar en RESICO? Hay excepciones e interpretaciones legales que en este video te damos a conocer.
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Temas que se tratan en el video:
Excepciones en el RESICO: ¿Cómo afecta a los inversores en el mercado bursátil?
Inversión en CETES, FIBRAS y bolsa: ¿Cómo afecta a la tributación en el RESICO?
Tributación en el RESICO: ¿Qué implicaciones tiene para los inversionistas en CETES, FIBRAS y bolsa?
El RESICO, está establecido dentro de la ley del ISR y establece que los contribuyentes personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, podrán optar por pagar el ISR dentro del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades señaladas que realicen, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido de la cantidad de $3,500,000.00 de pesos mexicanos.
Sin embargo, se establece que no podrán pertenecer al RESICO aquellas personas físicas que sean socios, accionistas o integrantes de personas morales o cuando sean partes relacionadas. Hay excepciones y requisitos legales que se deben cumplir que aquí te daremos a conocer.
Aviso legal.
La información contenida en el video no pretende ser ni debe ser usada como asesoría legal, tributaria, contable o de cualquier otro tipo. El uso del contenido, información y demás que se contienen en el video, es bajo su propio riesgo. Usted reconoce que dentro de este canal, no se está, bajo ninguna circunstancia, proveyendo asesoría ni representación legal, tributaria o de cualquier otro tipo y que nada de lo aquí contenido pretende sustituir la asesoría de un abogado, contador, profesional tributario u otro asesor de negocios o legal.
#resico #finanzasinteligentes
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Inversión en CETES, FIBRAS y bolsa: ¿Cómo afecta a la tributación en el RESICO?
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El RESICO, está establecido dentro de la ley del ISR y establece que los contribuyentes personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, podrán optar por pagar el ISR dentro del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades señaladas que realicen, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido de la cantidad de $3,500,000.00 de pesos mexicanos.
Sin embargo, se establece que no podrán pertenecer al RESICO aquellas personas físicas que sean socios, accionistas o integrantes de personas morales o cuando sean partes relacionadas. Hay excepciones y requisitos legales que se deben cumplir que aquí te daremos a conocer.
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