✅ ¿Puedo aplicar deducciones personales en RESICO PF?

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El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) contenido en la Ley del Impuesto Sobre la Renta es aplicable para personas físicas y morales, en el caso de personas físicas, este régimen está dirigido a todas aquellas personas que realizan actividades empresariales, pertenezcan al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), otorguen el uso o goce temporal de bienes "arrendamiento", presten servicios profesionales "honorarios" y se dediquen a las actividades primarias "AGAPES", con ingresos que no superen los 3.5 millones de pesos al año.

Al ser un régimen de reciente incorporación, existen interrogantes entre muchos contribuyentes  respecto de cómo es su funcionamiento, las actividades que se encuentran contempladas, los ingresos permitidos, las obligaciones que conlleva tributar en él y sobre las posibles deducciones que pueden aplicarse y de qué tipo.

¿Cómo son las deducciones personales en el RESICO?

Primero es importante definir que las deducciones personales son los gastos que se realizan de manera personal y que, de acuerdo con la legislación, se disminuyen de los ingresos acumulables al momento de determinar el impuesto anual del ejercicio.

Estas tienen su fundamento en el artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la renta, entre las que se pueden encontrar los gastos médicos, hospitalarios, gastos funerarios, donativos, entre otros.

Además algunas de las deducciones personales se encuentran determinadas como estímulos, por ejemplo, los depósitos en cuentas para el ahorro, primas de seguro y colegiaturas que también se permite deducir en la declaración anual.

Sin embrago, para los contribuyentes que tributan en el RESICO, el artículo 113-I de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) señala:

“Artículo 113-I:……Los contribuyentes que tributen en esta Sección no podrán aplicar conjuntamente otros tratamientos fiscales que otorguen beneficios o estímulos “

Adicionalmente, en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 se publicaron reglas para el nuevo Régimen Simplificado de Confianza, contempladas en el Capítulo 3.13 que estipula:

Regla 11.9.23: “Los RESICO no podrán aplicar los estímulos fiscales en materia del ISR a que se refieren los Decretos región fronteriza norte y región fronteriza sur”

Por lo tanto al presentar su declaración anual del ejercicio en el mes de abril, no podrán considerar deducciones autorizadas, personales beneficios o estímulos.

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SI Tengo el régimen de sueldos y salarios y RESICO Persona física actividad empresarial SI PUEDO TENER DEDUCCIONES PERSONALES, aun cuan la capsula NO LO INDICA?

manolito