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🔄 Renovación Extraordinaria de la Autorización de Residencia
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Por regla general, la primera autorización de residencia (en Régimen General) suele tener una validez de un año, transcurrido el cual, se renueva por un periodo de dos años, y luego por otros dos. Una vez alcanzados los cinco años de residencia legal y continuada en España, el extranjero puede acceder a la Autorización de Residencia de Larga Duración, siempre que se cumplan los requisitos establecido para ello.
En determinados casos y cuando no se cumplan ciertos requisitos para acceder a esta Autorización de Larga Duración es posible tramitar una Renovación extraordinaria de tu Tarjeta de Residencia.
LARGA DURACIÓN Y RENOVACIÓN EXTRAORDINARIA
La tarjeta de larga duración reconoce al extranjero el derecho a residir y trabajar en España en las mismas condiciones que un español, de forma indefinida. Por eso, se conoce como “una tarjeta permanente”.
Los requisitos para acceder a la Autorización de Larga Duración son sencillos, ya que basta con haber residido legalmente en España de forma continuada durante los cinco años sin necesidad de aportar medios económicos o un mínimo de cotización….etc. Es decir que a diferencia de lo que sucede con las tarjetas temporales, solamente se verifica que hemos residido de forma legal y continuada en España durante los cinco años previos.
Por tanto la Oficina de Extranjería correspondiente controlará que el extranjero no hubiera superado el periodo de ausencias fuera de España. En concreto, no haber estado fuera del territorio español más de seis meses en el periodo de un año o bien que la suma total de las ausencias fuera de España no supere los diez meses dentro de los cinco años. Si es por motivos laborales no podrá superar el total de un año dentro de los cinco años requeridos.
Por tanto, ¿qué ocurre si cuando nos toca acceder a la larga duración, nos damos cuenta que superamos los 10 meses fuera de España en los últimos cinco años?, ¿no nos dejarían renovar?, ¿me quedaría en situación irregular?
Estos casos suelen producirse con bastante frecuencia, pero para evitar que el extranjero se quede en situación irregular, al no cumplir con uno de los requisitos que se exigen para acceder a la larga duración, en este caso el periodo fuera de España, la normativa de extranjería contempla la posibilidad de solicitar una renovación extraordinaria de tu tarjeta de residencia.
Una renovación extraordinaria permite al extranjero, de forma excepcional, poder renovar nuevamente su permiso de residencia siempre que cumpla con los requisitos exigidos en una renovación normal (cuenta ajena, cuenta propia…etc). Es decir, que en esta renovación extraordinaria sí se valorará la cotización previa, disponer de un contrato de trabajo, y el resto de requisitos y supuestos contemplados para la renovación, bien por cuenta ajena o cuenta propia. Una vez que se controle que se cumples con los requisitos, como si le tocará una renovación normal y no la larga duración, se concederá una nueva autorización con una validez de dos años.
De esta forma, el ciudadano extranjero tendría de nuevo la posibilidad de cumplir todos los requisitos para acceder a la Autorización de Larga Duración, incluido por supuesto el no superar el tiempo permitido fuera de España. En resumen, se haría una tercera renovación de tu permiso, de forma excepcional, para mantener así su residencia legal y continuada y tener por tanto otra oportunidad para acceder a la Autorización de Larga Duración en España.
ANTECEDENTES PENALES Y RENOVACIÓN EXTRAORDINARIA
Otro de los motivos por el cual podemos acceder a una renovación extraordinaria de la tarjeta de residencia, es en aquellos casos en los que cuenten con antecedentes penales...
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