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💍 🇪🇸 Nacionalidad Española por matrimonio
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La solicitud y tramitación de la nacionalidad española es un tema que os interesa muchísimo a todos ya que es último paso que debes hacer antes de ser ciudadano español. Actualmente existe en nuestra normativa varias vías o supuestos a través de los cuales se puede adquirir la nacionalidad española y una de estas vías y por la que nos preguntáis mucho es la “nacionalidad española por matrimonio”.
NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA
Actualmente el Código Civil establece varias vías para poder adquirir la nacionalidad española.
Encontramos, como decimos, varias forma de ser ciudadano español:
Nacionalidad Española por residencia
Una Nacionalidad Español por Opción
Nacionalidad español por Carta de naturaleza
O a través de la Nacionalidad Española por posesión de Estado
Cada de una de estas formas o vías para poder ser ciudadano español, tiene unos requisitos y supuestos distintos.
En este artículo nos centramos en la nacionalidad española por residencia. Esta nacionalidad pueden acceder todos aquellos ciudadanos extranjeros que hayan residido de forma legal un tiempo concreto, entre otros requisitos, y que varía en función de cada supuesto:
Hay un plazo general en el que se exige llevar en España 10 años de forma legal y continuada
Un plazo de 5 años para refugiados
2 años para los nacionales de países países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal o de sefardíes
Y un único año para:
El que haya nacido en territorio español.
También el que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar.
El que haya estado sujeto legalmente a la tutela, curatela con facultades de representación plena, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho.
El viudo o viuda de española o español, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho.
El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.
Como podéis ver existe una vía de solicitud de nacionalidad española por residencia para aquella persona que en el momento de solicitud es lleva un año como cónyuge de un ciudadano español y lleva también un año de residencia legal en España.
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