Protocolo para la prevención y actuación frente al acoso 🔎

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Yodas las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica o su actividad, están obligadas a elaborar un PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN FRENTE AL ACOSO en el trabajo, con independencia de su número de trabajadores. También están obligados los autónomos con empleados y las administraciones públicas. Esta obligación empresarial responde a la necesidad de prevenir, sensibilizar y, en su caso, atajar, con todas las garantías necesarias, cualquier forma de violencia y discriminación en el ámbito laboral.

No podemos obviar que el acoso, además de suponer una vulneración de derechos reconocidos en la Constitución Española, como la dignidad profesional y personal, la garantía de igualdad y prohibición de discriminación, son muchos otros los bienes jurídicos que pueden verse afectados como la vida, la integridad física y moral, la intimidad, el honor y la propia imagen.

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