Cambio obligatorio por factura electrónica de venta o por el nuevo documento equivalente electrónico

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🚨 Para aplicar lo dispuesto en el numeral 13 del artículo 1.6.1.4.6 del DUT 1625 de 2016, la Dian dispuso, a través de los artículos 16 a 24, 60 a 62 y 68 a 70 de la Resolución 000165 de noviembre 1 de 2023, se dispusieron cambios.

👉 Quienes actualmente han optado por expedir alguno de los 12 documentos equivalentes del artículo 1.6.1.4.6 del DUT 1625 de 2016, los podrán seguir expidiendo en papel con los requisitos del artículo 13 de la Resolución 00042 de mayo de 2020.

🔻Lo anterior solo hasta cuando empiecen a cumplirse los calendarios especiales mencionados en el artículo 23 de la Resolución 000165 de noviembre de 2023, plazos que empezarían a cumplirse entre el 3 de febrero y el 1 de agosto de 2024, pero que transcurrirán entre el 1 de mayo y el 1 de noviembre de 2024.

🗓️ A partir del comienzo de los calendarios, la gran mayoría de dichos documentos deberán empezar a cambiarse obligatoriamente, ya sea por una factura electrónica de venta o por el nuevo documento equivalente electrónico.

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