Libertad ideológica, religiosa y de culto | | UPV

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Título: Libertad ideológica, religiosa y de culto

Descripción automática: En este video, se examinan las libertades ideológica, religiosa y de culto contenidas en el artículo 16 de la constitución española, destacando su diversidad y su vínculo común con la expresión de libertad de pensamiento. La libertad ideológica permite la expresión de pensamientos políticos tanto internamente como externamente, siempre que se respete el orden público. La libertad religiosa ofrece la posibilidad de manifestar creencias espirituales a favor o en contra de una doctrina, incluyendo la retirada de símbolos religiosos en instituciones aconfesionales, aspecto debatible desde distintas interpretaciones legales.

Por otro lado, la libertad de culto implica prácticas formales visibles relacionadas con rituales y liturgias. Todas estas libertades están limitadas por la necesidad de preservar el orden público, definido en este contexto como el conjunto de los derechos y libertades de los ciudadanos. Actividades como pertenencia a sectas peligrosas o apología del terrorismo no están protegidas bajo estas libertades.

El video también aborda las garantías constitucionales que protegen estas libertades, como la posibilidad de no declarar sobre creencias personales. Se critica la mención específica a la Iglesia Católica, destacando la necesidad de igualdad entre todas las confesiones y se menciona la posibilidad de avanzar hacia un estado laico, lo que implica una separación aún mayor entre religión y estado, eliminando cualquier forma de cooperación entre ambos.

Autor/a: Bartolomé Cenzano José Carlos De

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