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¿Te negaron la Pensión por viudez ISSSTE?
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La pensión por viudez y la pension por orfandad surgen con motivo de la muerte del trabajador, ya sea que hubiese estado en activo o pensionado, es decir es una prestación establecida a favor de la esposa o concubina por lo cual conforme al articulo 131 fraccion II, 135, 136 y demas relativos al asunto de la ley del ISSSTE VIGENTE.
La pensión por viudez tiene a proteger la seguridad y bienestar de la familia, ante el riesgo de la muerte del trabajador o trabajadora, pensionado o pensionada; la pensión de viudez no es una concesión gratuita o generosa, si no que constituye un seguro que se activa con la muerte del trabajador o pensionado. Y deriva directamente de las aportaciones que este haya hecho por determinado número de años de trabajo productivo y una de las finalidades de tales aportaciones es garantizar, aunque sea en una parte, la subsistencia de los beneficiarios del trabajador después de acaecida su muerte, entre los cuales se encuentra la esposa o concubina.
Ante la muerte de un trabajador asegurado o pensionado existe el derecho de una pensión por viudez, cuyo pago iniciara a partir del día siguiente al de la muerte de la persona que haya originado tal retribución.
La pensión por viudez tiene a proteger la seguridad y bienestar de la familia, ante el riesgo de la muerte del trabajador o trabajadora, pensionado o pensionada; la pensión de viudez no es una concesión gratuita o generosa, si no que constituye un seguro que se activa con la muerte del trabajador o pensionado. Y deriva directamente de las aportaciones que este haya hecho por determinado número de años de trabajo productivo y una de las finalidades de tales aportaciones es garantizar, aunque sea en una parte, la subsistencia de los beneficiarios del trabajador después de acaecida su muerte, entre los cuales se encuentra la esposa o concubina.
Ante la muerte de un trabajador asegurado o pensionado existe el derecho de una pensión por viudez, cuyo pago iniciara a partir del día siguiente al de la muerte de la persona que haya originado tal retribución.
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