Obligación de cobrar la retención en la fuente por persona natural

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¿Una persona natural que no es comerciante, y que no tiene patrimonios o ingresos elevados, debe practicar retención sobre rentas de trabajo a sus asalariados o a quienes les presten servicios?

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En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, aclara dudas respecto a la obligación de efectuar el cobro de la retención en la fuente por parte de una persona natural cuando realiza pagos por concepto de rentas de trabajo.

Recordemos que la retención en la fuente debe ser aplicada de acuerdo con el concepto de pago, y presentada ante la Dian con periodicidad mensual mediante el diligenciamiento del formulario 350, incluso sin pago, siguiendo cada una de las instrucciones mencionadas en el artículo 580-1 del Estatuto Tributario –ET–.

En Actualícese encontrarás de manera frecuente consultorios, tutoriales, charlas, webinars y tips, elaborados con los principales expertos del país en lo que concierne el tema de retención en la fuente.

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Sinceramente no estoy de acuerdo con que la persona natural tenga que pagar, o que le descuenten. Yo soy trabajador independiente y presto servicios y en una grande empresa me descontaron de 500 mil a 470 y la verdad lo ví súper mal porque yo viaje y cobro hasta domicilio y me hacen eso, otra cosa. Soy extranjero no tengo nada que ver con el estado!

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