Recurso de queja por apelación denegada

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Recurso de queja por apelación denegada.
Introducción
En la etapa de impugnación encontramos distintos recursos que permiten la revisión de una resolución cuestionada. El Recurso de Queja por apelación denegada se plantea para que la decisión sea revisada por un tribunal superior distinto de donde tramita la Causa.

El código dispone los elementos que rigen este recurso en la sección DENEGACIÓN DE APELACIÓN comprendida entre los artículos Art. 282 a 287.

Transcribimos su artículo principal:
Art. 282. - Si el juez denegare la apelación, la parte que se considere agraviada podrá recurrir directamente en queja ante la cámara, pidiendo que se le otorgue el recurso denegado y se ordene la remisión del expediente.
El plazo para interponer la queja será de CINCO (5) días, con la ampliación que corresponda por razón de la distancia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 158.

Características:
El Recurso de Queja por apelación denegada, se interpone ante el tribunal superior, solicitando que se otorgue cierto recurso denegado y se ordene la remisión del expediente.
La finalidad es la evaluación del juicio de admisibilidad del recurso realizado por el tribunal de grado anterior y el efecto con que hubiera sido concedida dicha impugnación.
Debe contener una crítica razonada y precisa de la decisión adoptada por el juez, destacando el error en que hubiera incurrido.
Para interponerlo es necesario que exista una resolución previa que no haya pasado de cosa juzgada y que la manifestación de recurrirla sea expresa.

Requisitos:
Al igual que otros recursos la Queja por apelación Denegada presenta los siguientes requisitos:
Que quien lo interponga sea parte legitimado en la causa.
Que exista un perjuicio o una decisión desfavorable a los intereses de la parte recurrente.
Que se presente en tiempo oportuno y en el órgano jurisdiccional correspondiente.

Plazo de presentación:
El plazo para la interposición, es de cinco días de notificada la resolución que deniegue el recurso interpuesto. Art. 282

Ejemplo práctico:

UCES - Derecho y Práctica Procesal Civil y Comercial - Profesora: Cynthia Miodownik

Soloaga, Formento, Riggitano

27/04/2021
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