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✅ Obligaciones fiscales de REPSE | Lo que debes saber
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En la reforma de outsourcing aprobada en abril de 2021 y en el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, se estableció que todas las empresas o personas que proporcionen servicios que se ejecuten en el interior de las instalaciones de sus clientes, deberán contar con un registro especial.
Dicho registro fue nombrado como Registro de Prestadores de Servicios Especializado u Obras Especializadas o REPSE, que proporciona la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para que todos los prestadores de servicios especializados se encuentren regularizados.
Así que si proporcionas servicios que se ejecuten en el interior de las instalaciones de tus clientes, debes contar con un registro especial emitido por dicha Secretaría.
Una vez que te encuentre inscrito en el REPSE para la prestación de servicios especializados deberás cumplir en tiempo y forma con diversas obligaciones.
¿Qué obligaciones debo cumplir?
Las principales obligaciones fiscales al inscribirse en REPSE son:
- Ante el IMSS e INFONAVIT llevar el registro de los contratos celebrados por cada cuatrimestre del año (enero, mayo y septiembre) de acuerdo a lo establecido en el artículo 15 y 29 de la Ley del Seguro Social; si no se presenta esta información puede existir una la aplicación de una multa de 500 a 2000 UMA’s
- Para efectos del Código Fiscal de la Federación (CFF) entregar la información que soliciten los contratantes, relacionados con la prestación de servicios u obras especializadas (artículo 27 Fracción V de la LISR y 5° fracción II de la LIVA); en caso de que ésta no se entregue, el artículo 81 fracción XLV del CFF lo configura como una infracción; la cual asciende a la cantidad de $150,000.00 a $ 300,000.00.
- Cumplir en tiempo y forma con los pagos mensuales de IVA e ISR frente al SAT,
Inscribirse en el portal Anti-lavado de dinero por ejercer la actividad de subcontratación y cumplir con las obligaciones en esta materia.
¿Por qué es importante cumplir con estas obligaciones?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) prohibió la subcontratación de personal, entendiendo esta “cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra”, pero señala que sí podrá permitirse la subcontratación de personal cuando sea para llevar a cabo “servicios especializados” o “la ejecución de obras especializadas”; entendiéndose por “servicios especializados” toda aquella actividad que no sea primordial o preponderante del contratante.
De acuerdo a esto, los pagos y/o contraprestaciones realizadas por una empresa, por la contratación de personal de otra, no tendrán efectos fiscales, es decir, ya no podrán considerarse como deducibles para efectos del ISR y el IVA que se traslade por este tipo de servicios, no será acreditable por los supuestos prohibidos por el Código Fiscal de la Federación (CFF). (Artículo 28 LISR – Artículo 4 LIVA)
De aquí la importancia de que las empresa de servicios especializados estén registrada ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), pues las empresas que subcontraten estos servicios sé asegurarán de que la empresa contratista cumple con sus obligaciones fiscales y con el pago de cuotas al IMSS y al INFONAVIT.
-- Con gusto podemos ofrecerte alguno de nuestros servicios --
-- Información gratuita para que sigas capacitandote --
¿Tienes alguna duda de nuestros servicios?
Teléfono: 442 675 8634
Dicho registro fue nombrado como Registro de Prestadores de Servicios Especializado u Obras Especializadas o REPSE, que proporciona la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para que todos los prestadores de servicios especializados se encuentren regularizados.
Así que si proporcionas servicios que se ejecuten en el interior de las instalaciones de tus clientes, debes contar con un registro especial emitido por dicha Secretaría.
Una vez que te encuentre inscrito en el REPSE para la prestación de servicios especializados deberás cumplir en tiempo y forma con diversas obligaciones.
¿Qué obligaciones debo cumplir?
Las principales obligaciones fiscales al inscribirse en REPSE son:
- Ante el IMSS e INFONAVIT llevar el registro de los contratos celebrados por cada cuatrimestre del año (enero, mayo y septiembre) de acuerdo a lo establecido en el artículo 15 y 29 de la Ley del Seguro Social; si no se presenta esta información puede existir una la aplicación de una multa de 500 a 2000 UMA’s
- Para efectos del Código Fiscal de la Federación (CFF) entregar la información que soliciten los contratantes, relacionados con la prestación de servicios u obras especializadas (artículo 27 Fracción V de la LISR y 5° fracción II de la LIVA); en caso de que ésta no se entregue, el artículo 81 fracción XLV del CFF lo configura como una infracción; la cual asciende a la cantidad de $150,000.00 a $ 300,000.00.
- Cumplir en tiempo y forma con los pagos mensuales de IVA e ISR frente al SAT,
Inscribirse en el portal Anti-lavado de dinero por ejercer la actividad de subcontratación y cumplir con las obligaciones en esta materia.
¿Por qué es importante cumplir con estas obligaciones?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) prohibió la subcontratación de personal, entendiendo esta “cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra”, pero señala que sí podrá permitirse la subcontratación de personal cuando sea para llevar a cabo “servicios especializados” o “la ejecución de obras especializadas”; entendiéndose por “servicios especializados” toda aquella actividad que no sea primordial o preponderante del contratante.
De acuerdo a esto, los pagos y/o contraprestaciones realizadas por una empresa, por la contratación de personal de otra, no tendrán efectos fiscales, es decir, ya no podrán considerarse como deducibles para efectos del ISR y el IVA que se traslade por este tipo de servicios, no será acreditable por los supuestos prohibidos por el Código Fiscal de la Federación (CFF). (Artículo 28 LISR – Artículo 4 LIVA)
De aquí la importancia de que las empresa de servicios especializados estén registrada ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), pues las empresas que subcontraten estos servicios sé asegurarán de que la empresa contratista cumple con sus obligaciones fiscales y con el pago de cuotas al IMSS y al INFONAVIT.
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