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🤔 ¿Se puede interponer un Recurso Contencioso con el Plan de Choque? 🇪🇸
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Ya sabéis que el Plan de Choque está funcionando desde el pasado día 5 de marzo de 2021. Después de muchos meses en los que no hemos tenido noticias en relación a este plan de choque por fin recibíamos la confirmación por parte del Ministerio de Justicia y os podíamos informar sobre este tema.
Desde entonces, sois muchos los que nos habéis preguntado tanto a través de nuestro teléfono de asesoría como nuestras redes sociales sobre este nuevo Plan de Choque y si se puede ahora interponer la conocida demanda contenciosa.
RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Seguramente muchos de vosotros ya sabéis y conocéis que es posible presentar un Recurso Contencioso Administrativo sobre el expediente de nacionalidad española, el cual, no ha sido resuelto en un determinado plazo de tiempo.
Pero hacemos un pequeño inciso or si alguien no conoce este procedimiento.
Ya sabéis que en el año 2015 se puso en marcha el nuevo procedimiento para la solicitud de la nacionalidad española por residencia. Entre los cambios que se introdujeron en ese momento, encontramos la superación de las pruebas CCSE y DELE A2, el pago de una tasa administrativa o el plazo que dispone el Ministerio de Justicia.
En la normativa donde se regula este procedimiento, se establece el plazo de un año para que el Ministerio de Justicia tramite y resuelva la solicitud de nacionalidad. Ante esta falta de respuesta en ese plazo, se abre la posibilidad de acudir a la vía judicial e interponer un Recurso Contencioso Administrativo ante la Audiencia Nacional.
Gracias a este recurso contencioso administrativo, y una vez interpuesto, el expediente de nacionalidad en el Ministerio de Justicia se agiliza y se resuelve.
RECURSO CONTENCIOSO Y PLAN DE CHOQUE
Ahora que ya hemos aclarado el Recurso Contencioso Administrativo y después de la noticia sobre el Plan de Choque ¿Se puede seguir interponiendo esta demanda contenciosa?
Como hemos indicado al inicio de este artículo, una de las preguntas que hemos recibido desde que conocimos que ya está en marcha el nuevo Plan de Choque, es si podemos seguir interponiendo el Recurso Contencioso Administrativo por silencio administrativo negativo.
La respuesta es sí. En este caso el hecho de que esté en marcha el nuevo Plan de Choque no impide que podamos ejercer nuestro derecho de acudir a la vía judicial para tener una respuesta. Es decir, ambos procesos no son incompatibles entre sí.
En este caso y como decimos siempre, aquí lo mejor es evaluar nuestra situación y el estado de nuestro expediente de nacionalidad española. Aquí no es lo mismo que un expediente ya se encuentre en el estado de En Calificación a que tu solicitud de nacionalidad la hayas presentado por Registro Público de Subdelegación de Gobierno y no cuentes ahora mismo con número de expediente.
¿FUNCIONA LA DEMANDA CONTENCIOSA?
Actualmente una buena vía para poder agilizar y obtener una resolución anticipada del expediente de nacionalidad española es interponer esta demanda contenciosa.
Tendremos que ver durante los próximos meses cómo funciona el nuevo Plan de Choque y si se hace innecesario acudir a la vía judicial...
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