REFORMA TRIBUTARIA LEY 2277 DE 2022 VS TRABAJADORES

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Por medio de este video analizaremos los principales cambios de la reforma tributaria y su incidencia en los trabajadores:
Estatuto Anterior:
Artículo 206. Están gravados con el impuesto sobre la renta y complementarios la totalidad de los pagos o abonos en cuenta provenientes de la relación laboral o legal y reglamentaria, con excepción de los siguientes: (…)
10. El veinticinco por ciento (25%) del valor total de los pagos laborales, limitada mensualmente a doscientas cuarenta (240) UVT. El cálculo de esta renta exenta se efectuará una vez se detraiga del valor total de los pagos laborales recibidos por el trabajador, los ingresos no constitutivos de renta, las deducciones y las demás rentas exentas diferentes a la establecida en el presente numeral.
Valor UVT para año 2023: $42.412
240 UVT Mensual: $10.178.880
240 UVT por 12 (2.880UVT ANUAL): $ 122.146.560

Ley 2277 de 2022
ARTÍCULO 2°. Modifíquense los numerales (…) 10 (…) del artículo 206 del Estatuto Tributario, los cuales quedarán así:
10. El veinticinco por ciento (25%) del valor total de los pagos laborales, limitada anualmente a setecientos noventa (790) UVT. El cálculo de esta renta exenta se efectuará una vez se detraiga del valor total de los pagos laborales recibidos por el trabajador, los ingresos no constitutivos de renta, las deducciones y las demás rentas exentas diferentes a la establecida- en elpresente numeral.

Valor UVT para año 2023: $42.412

790 UVT Anual: $33.505.480

790 UVT dividida por 12 (65,83UVT MENSUALES: $2.792.123
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Комментарии
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Si un trabajador oficial de una alcaldía fallece y tiene compañera hace dos años y no se ha separado legalmente de su esposa con quien tuvo dos hijas. La pregunta es quienes tienen derecho a reclamar las prestaciones sociales?. De antemano Gracias por su respuesta

germanrodriguez