Nueva deducción por adquisición de bienes y o servicios para personas naturales #shorts

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La deducción por la adquisición de bienes y/o servicios consiste en que las personas naturales, residentes fiscales en Colombia, que pertenezcan al régimen ordinario y declaren sus ingresos en la cédula general podrán solicitar como deducción en su declaración de renta el 1 % del valor de las adquisiciones, sin que excedan de 240 UVT ($10.179.000 por 2023) en el respectivo año gravable.

Es importante no perder de vista que la deducción por la adquisición de bienes y/o servicios no se encuentra sujeta al límite general de las rentas exentas y deducciones consagrado en el numeral 3 del artículo 336 del ET (40 % del ingreso neto sin que supere las 1.340 UVT; $56.832.000 por 2023). Por tanto, al momento de depurar la renta líquida gravable de la cédula general, esta deducción no formará parte de las demás rentas exentas y deducciones que sí se encuentran sujetas a dicho límite.

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Комментарии
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ese valor del 1% es con iva o sin iva?

jeffersonrojas