🚀 SIRADIG Trabajador Deducciones Ganancias 2022 - Devolución Percepción AFIP 35% - Bienes Personales

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🚀 SIRADIG Trabajador Deducciones Ganancias 2022 - Devolución Percepción AFIP 35% - Bienes Personales

Aprende a consultar cuánto es lo que AFIP te debe en concepto de Percepcion de Ganancias y/o Bienes Personales del 2022 para pedir la Devolución en 2023 por compra de moneda extranjera o consumos con tarjetas de credito en el exterior estando bajo Relación de Dependencia y debes presentar SIRADIG Trabajador o Forumario 572 Web

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rodrigosarubilo
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Que crack!!! Al fin alguien que explica, cuando estás con el tema de ganancias... muchas gracias 🙌🙌

yoelfdez
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Buenas noches Rodrigo! Muchas gracias x la explicación para los trabajadores en relación de dependencia. La mayoría explican para monotributistas y no mencionan a nosotros. Los SIRADIG

nicolasgambetta
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Este chico es Crack total. Me anime a consultarle particularmente y toda la buena onda del mundo además de haberme contestado como un verdadero profesional. Aplausos.

gabrielpatruno
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Hola muchas gracias, super clara tu explicación, te consulto de cuanto es el monto tope para la devolución de las percepciones a contribuyentes de Ganancias ?

rociofunes
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Muchas gracias! Me resolviste cómo hacerlo! Nueva suscriptora 😃

lorenamaggi
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Lo hice sin saber gracias, me deja mas claro todo

EMILIOAVera
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Hola Rodrigo, sabes que Ami me aparece esto, Concepto no habilitado para el período 2023. La carga de este concepto debe realizarse una vez terminado el año calendario por el cual se quieran informar las percepciones sufridas.

cristianbenitez
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Hola Rodrigo, Gracias por tan clara explicación. En tu video observé que en las deducciones se incluye las facturas de TELECENTRO, asumo que es por concepto de internet. Te consulto, hasta qué fecha hacia atrás puedo actualmente cargar ese tipo de concepto. Saludos y Gracias!!!

OrlandoG.
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Hola tengo una pregunta: que se pone en relacion laboral: fecha de inicio de relacion y fin de relación ¿es su agente de retención?

carolinaquinteros
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Hola. Consulta. Si el monto retinido por la.empresa es menor al impuesto por compra de dolares. la empresa me devulve yna parte. La otra parte como la tramito?

gabrielsotera
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Hola, muy sencillo de realizar con tu explicación, ahora que pasa si el empleador me devuelve menos de lo que me corresponde, leí que debo ingresar a la solapa Ganancias personas humanas, quería saber si posees algún vídeo respecto a ese formulario. Gracias

fernlopezcollado
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Hola! Muy buena la informacion! Tenes info respecto a SIRADIG Trabajador 2023? Estoy teniendo problemas para cargar percepciones del regimen 600 del impuesto 217 de pasajes comprados entre el 23/11/23 y 12/12/23, aunque ellas me figuren en "Mis Retenciones". Gracias!!!!

MatiasCingolani-sr
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Rodrigo como estas ? Te consulto. Hoy quise cargar alquiler, el tema es que la dueña el año pasado se colgó, o bien la inmobiliaria no las pedía. Cuestión quise cargar de enero a julio, pero al subir el comprobante no me dejó porque las facturan me llegaron todas juntas, emitidas todas juntas el mismo día, 5 de septiembre y me aparece un cartel que dice que la fecha de emisión dentro del mismo mes. Conoces alguna otra forma de carga? Porque en si yo pague y las facturas fueron emitidas dentro del mismo año...además como pudieron entonces emitir facturas de servicios de meses anteriores y ahora no me las toma el siradig

mariamarcelaledesma
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Hola, tengo varias dudas. La primera: ¿cuándo pagan lo del 2021?, he cargado por el siradig f572 web. Ya he cargado lo correspondiente al 2022, no percibo retención de ganancias, soy empleado en relación de dependencia, he comprado moneda extranjera y un curso en el exterior también. Gracias.

hugomatiasyanzon
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HOLA EXCELENTE VIDEO, te consulto si hago el tramite por siradig y no estoy registrado en bienes personales, cuando presento todo el empleador es el que paga todo ?

choqueguarachibeimarbrayan
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Barbara la explicación, mi situación es similar a la que mencionaste, pero en el caso de las percepciones del código 219 no puedo ingresarlas a traves del F.746/A, porque me larga el siguiente mensaje:
Error de validación
Su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que Ud. posee retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberá computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si usted ya presento su declaración Jurada de Ganancias y omitió computar las percepciones deberá presentar una rectificativa informando las mismas
Como debo proceder en este caso para recuperar este concepto?

JoseAltamiranda
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buenas tardes una ultima consulta o duda.... Aun cuando las percepciones hayan sido mayores a las retenciones se debe gestionar la devolucion de la presente forma?? VAYA A A LA REDUNDANCIA DE QUE SOLO SE ME RETUVO DURANTE 1 SOLO MES PARA EL PERIODO 2022. DESDE YA

cristiansaenz
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Hola Rodrigo como estas' me sale el siguiente error al querer cargar las percepciones del 2022 por viajes y compras con tarjeta. Pago ganancias
"Concepto no habilitado para el período 2023. La carga de este concepto debe realizarse una vez terminado el año calendario por el cual se quieran informar las percepciones sufridas"

Luchetee
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Muy buen contenido .
Consulta ami me retuvieron 4k en todo el año y tengo percepciones por 100k.
Este año me van a empezar a retener por ganancias, mi duda es conviene dejarlo como "saldo a favor" en caso que eso exista o recomendas inscribirme en ganancias para recuperar el saldo?
Gracias de antemano

tomasdangelo