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RENDIMIENTOS DEL TRABAJO – IRPF(5)
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Aprendemos a calcular el RENDIMIENTO NETO REDUCIDO de los rendimientos del trabajo, a partir del rendimiento íntegro y teniendo en cuenta las reducciones especiales y generales, así como los gastos deducibles.
***Actualización del vídeo: cantidades 2023:
Esta reducción se aplicará a los contribuyentes con rendimiento netos del trabajo inferiores a 19.747,50 euros siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo, superiores a 6.500 euros.
Las nuevas cuantías de la reducción son las siguientes:
- Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 14.047,50 euros: 6.498 euros anuales.
- Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 14.047,50 y 19.747,50 euros: 6.498 euros menos el resultado de multiplicar por 1,14 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.047,50 euros anuales.
***Errata en el vídeo:
En el ejemplo 2, hay un error en el cálculo de la reducción, ya que según la Ley del IRPF, para el cálculo de la reducción, el rendimiento neto del trabajo será el resultante de minorar el rendimiento íntegro en los gastos previstos en las letras a), b), c), d) y e) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto.
Eso significa que se tienen en cuenta todos los gastos deducibles excepto los 2.000 euros de deducción que se aplica en general a todos los contribuyentes que reciben rendimientos del trabajo.
Por lo tanto, la resolución correcta del ejemplo 2 sería la siguiente:
Cálculo de la reducción general: 5.565 €/año – (1,5 * (15.800 - 13.115)) = 1.537,50 €/año
Esquema del rendimiento neto reducido:
Rendimiento íntegro: 17.000,00 €
- Reducciones especiales: - 450,00 €
- Gastos deducibles: - 2.750,00 €
Rendimiento neto: = 13.800,00 €
- Reducciones generales: - 1.537,50 €
= Rendimiento neto reducido: = 12.262,50 €
Gracias Manu por avisarme!!!
***Actualización del vídeo: cantidades 2023:
Esta reducción se aplicará a los contribuyentes con rendimiento netos del trabajo inferiores a 19.747,50 euros siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo, superiores a 6.500 euros.
Las nuevas cuantías de la reducción son las siguientes:
- Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 14.047,50 euros: 6.498 euros anuales.
- Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 14.047,50 y 19.747,50 euros: 6.498 euros menos el resultado de multiplicar por 1,14 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.047,50 euros anuales.
***Errata en el vídeo:
En el ejemplo 2, hay un error en el cálculo de la reducción, ya que según la Ley del IRPF, para el cálculo de la reducción, el rendimiento neto del trabajo será el resultante de minorar el rendimiento íntegro en los gastos previstos en las letras a), b), c), d) y e) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto.
Eso significa que se tienen en cuenta todos los gastos deducibles excepto los 2.000 euros de deducción que se aplica en general a todos los contribuyentes que reciben rendimientos del trabajo.
Por lo tanto, la resolución correcta del ejemplo 2 sería la siguiente:
Cálculo de la reducción general: 5.565 €/año – (1,5 * (15.800 - 13.115)) = 1.537,50 €/año
Esquema del rendimiento neto reducido:
Rendimiento íntegro: 17.000,00 €
- Reducciones especiales: - 450,00 €
- Gastos deducibles: - 2.750,00 €
Rendimiento neto: = 13.800,00 €
- Reducciones generales: - 1.537,50 €
= Rendimiento neto reducido: = 12.262,50 €
Gracias Manu por avisarme!!!
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