Llenado de declaración IVA cuando existen retenciones

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Nuestro experto L.C.P. Miguel Ángel Enríquez nos explica más sobre llenado de declaración IVA cuando existen retenciones.
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Excelente exposición. Todo claro y preciso. Muchas gracias ☺️

evangelinamendoza
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Video perfectamente explicado, ahora me queda claro como realizarlo y entender tanto la afectación contable y fiscal.

sorianomoralesdiegoalexander
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Excelente contenido contador 👏🏻 gracias

JAKCFK
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Grandísimo video, explicado magistralmente. Gracias.

danielplascenciacamacho
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1. Y a raíz de este acreditamiento llegan las cartas invitación del SAT de que no coincide el IVA a cargo con el IVA enterado.
2. Que pasa si no se manifiesta la retención en los campos pero si se entera en la declaración de Retención de IVA?

ramsesmoreno
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Si hay retenciones que pague hasta el ejercicio siguiente, con recargos y actualizaciones, es entonces en ese mes donde tendré otras cantidades a favor del contribuyente y pudiera sacar saldo a favor, correcto?

DuranAutomatizacionAdministrac
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Disculpe Contador unaduda con respecto a los renglones valor de los actos o actividades a la tasa 16 % e iva de los descuentos y bonificaciones que debo poner en cada uno en el caso de que hay una nota de crédito expedida dentro del mismo mes y en otro mes. Se pagó considerando la nota de crédito pero no se como colocarlo en la diot.?

Sasha-
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Excelente explicación. Me gustaría que realizara un ejercicio considerando que las ventas son a tasa 0% por actividades agrícolas, pero considerando que se hacen retenciones de IVA por fletes. El analizar como se comportaría el saldo a favor será interesante e ilustrativo. Gracias.

raulmuniz
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Excelente, ya te puedes ir a marte eres super intelingente!!!!

jaimeperez
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lo que no me quedo claro fue porque solo se acreditan 400 pesos en enero? me podrian proporcionar el fundamento por favor....gracias!!! me encantó la exposicion.

lilianavazquezgonzalez
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Y aparte de poner en otras cantidades a cargo en el mes, se debe presentar la declaración de forma independiente de IVA RETENCIONES.

grupodibsaperezmoises
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y que pasa si ese IVA retenido de enero no lo enteramos en la declaración de febrero (hasta marzo) si no muchos meses despues? como quedaria el registro al mes en que se entere? pregunto lo anterior porque al parecer se pierde el acreeditamiento si no se entera en su momento es decir un mes despues o esto es erroneo y todavia puedo acreditar ese IVA retenido en el mes que lo entere pero siendo este mucho despues ejemplo 4 meses despues en su ejemplo y si no es acreditable esos 800 contra que cuenta se darían de baja al momento del entero cuando el periodo ya rebaso su mes de entero, se contabilizaría contra gastos?

carlosperezmagana
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Quisiera saber si esto aplica para las retención de personas morales a personas morales, en el caso específico del 6%

juancarlosaguilar
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Hoy 15-05-24, estoy viendo su video, esta muy bien explicado, pero... no soy fiscalista, y disculpe mi ignorancia, pero, hasta donde yo estudie, la ley de IVA, en cuanto al acreditamiento, se realiza al pago de la factura, es decir, si pago honorarios como PM, en el mes de Enero, puedo y debo acreditar los $ 1, 200.00 de IVA, los $ 800.00 retenidos se pagan al mes siguiente y no tiene ningún efecto, ya que la ley dice que esta obligado la PM a retener y enterar, mas no que si no se ha pagado la retención no puedes acreditar el iva ( $ 1, 200.00). Son dos, como puedo llamar?, cosas diferentes uno es IVA ACREDITABLE y el otro es RETENCION DE IVA, tanto que están en distintos artículos de la ley de IVA.
Por lo anterior, quedo de ud, como su apreciable amigo, y quedo pendiente para su respuesta al presente.

PilarMarquina-yqol