✅ Cómo CALCULAR el ANTICIPO de ISR [Curso de Impuesto Sobre la Renta]

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El Anticipo es el pago a cuenta del Impuesto Sobre la Renta (ISR), a efectuarse de forma obligatoria y por adelantado, compensable del impuesto anual al momento de la presentación de la declaración jurada.

Base Legal: Art. 314 del Código Tributario, modificado por la Ley 557-05 en su Art. 7.

Para el cálculo del Anticipo para Personas Jurídicas: se determina mediante la Tasa Efectiva de Tributación (TET): que es igual a el impuesto liquidado entre los ingresos brutos. Si la TET es mayor al 1.5%;el anticipo a pagar sería igual impuesto liquidado de lo contrario(menor o igual al 1.5%), el anticipo sería igual al porcentaje de la TET aplicada a los ingresos brutos. Como el anticipo para Persona Jurídica se paga mensual debe de dividirse finalmente entre 12.

Para el cálculo de las personas físicas; para el quinto mes se debe pagar el 50%, el noveno mes 30% y el décimo segundo mes el 20% restante.

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Комментарии
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No es el 1% si es inferior al 1.5% debe multiplicarse el 1.5% por los ingresos.

ruthguzman
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My buena explicacion y gracias por la informacion que ha sido muy valiosa!!!!

isaiasantoniotaverasjerez
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Estimado, como siempre excelente explicación, gracias por compar compartir tus conocimientos

robertomiolan
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Saludos, excelente explicación y como seria el calculo cuando no da a pagar en el IR-2, muchas gracias

luisro
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Saludos excelente vídeo, me acaban de entregar mi RNC como persona jurídica mi negocio todavía no me está generando mi pregunta es que pasa si un negocio no realiza ninguna actividad economía durante un periodo de tiempo se tiene que pagar el anticipo de todas formas?

ivandelgadov.
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Como envio la nómina de mi empleado a la dgii?

rosablanc
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Pero para la persona física dice que no aplica, Por que a ellos se le retiene.corrijame

anacaonarodriguez