✅ Beneficiario controlador | Obligaciones legales y fiscales

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Derivado de la Reforma Fiscal con efectos a partir de enero de 2022, específicamente en los artículos 32-B Ter a 32-B Quinquies, del Código Fiscal de la Federación (CFF) las personas morales, fideicomisos y figuras jurídicas tienen una nueva obligación en materia fiscal relacionada con identificar la figura del beneficiario controlador, con la principal finalidad de evitar la evasión fiscal y lavado de dinero.

¿Qué es el Beneficiario Controlador?

El Código Fiscal de la Federación manifiesta que el Beneficiario Controlador es:

- La persona física o grupos de personas físicasque directa, o por medio de otra u otras o de cualquier acto jurídico, obtiene u obtienen el beneficio derivado de su participación en una persona moral, fideicomiso o cualquier otra figura jurídica.
- Ejerzan el control de la persona moral, fideicomiso o cualquier otra figura jurídica.

Por otro lado, las Reglas de Carácter General de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita LFPIORPI, indica que el beneficiario controlador se refiere a la persona o grupo de personas que por medio de otra o cualquier acto obtiene el beneficio derivado de estos y es quien, en última instancia, ejerce los derechos de uso, goce, disfrute, aprovechamiento o disposición de un bien o servicio.

El Beneficiario Controlador es prácticamente cualquier persona física o grupo de personas físicas que participa, posee y controla a una persona moral, fideicomiso o cualquier otra forma jurídica; destacando que siempre será una persona física y no una jurídica.

¿Por qué es importante?

Adicionar la figura del Beneficiario Controlador al Código Fiscal de la Federación es con la finalidad de evitar la evasión fiscal y lograr el intercambio de información entre los países, así como evitar el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

Considerando que las personas morales pueden ser utilizadas como un instrumento para ocultar a las personas que las controlan y que reciben los beneficios económicos, lo que complica a las autoridades identificar a las personas físicas que están detrás creando ficciones legales ocultando a los beneficiarios de los negocios.

¿Cuáles son las principales obligaciones de las personas morales?

Por lo anterior, las personas que intervenga en la celebración de contratos o actos jurídicos que den lugar a la constitución de personas morales o a la celebración de fideicomisos o cualquier otra forma jurídica, deberán implementar los procedimientos de control interno que permita Identificar, verificar y validar a los beneficiarios controladores, así como obtener, conservar y mantener disponible la información fidedigna, completa, adecuada, precisa y actualizada acerca de los datos de la identidad de los beneficiarios controladores y la documentación que sirva de sustento para ello, al igual que permitir el acceso oportuno de las autoridades fiscales y otorgarles todas las facilidades para que accedan a la información, registros, datos y documentos relativos a los beneficiarios controladores.

Así que, si cuentas con una persona moral y/o estás pensando constituir una sociedad nueva deberás reportar a través del portal del SAT quienes son los beneficiarios controladores de dicho perfil jurídico.

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