Adriana Consuelo López Martínez - Proceso Ejecutivo Arbitral

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Adriana Consuelo López Martínez
Proceso Ejecutivo Arbitral
XLI Congreso Colombiano de Derecho Procesal
Versión Virtual 2020
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EXCELENTE, EXCELENTE, MUCHAS GRACIAS, MI RESPETO, GRATITUD Y AMIRACIÓN

fabianlopez
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Es importante tener en cuenta en el proyecto original lo siguiente: contra el mandamiento de pago debe proceder recurso de apelación, contra la sentencia o laudo ejecutivo también y el ejecutado no debe pagar honorarios. Si uno compara el trámite procesal contra el arbitramento ejecutivo, este último tiene muchas desventajas frente a una defensa judicial. Si yo soy deudor, y suscribo un pacto arbitral ejecutivo cerceno mi defensa. Es colocar al deudor contra la espada y la pared. Sin apelación y con costos para que lo embarguen. No hay equilibrio. Sirve, siempre y cuando tengamos una lista publica de árbitros, que proceda la apelación y que el deudor no tenga que pagar honorarios de arbitraje. De lo contrario, eso solo es bueno para el.acreedor, y el deudor que estando sin salidas, va preferir acudir a una insolvencia empresarial y suspende este proceso. Bien interesante el proyecto, pero no veo que garantías tienen los demandados deudores y cuáles son las ventajas frente a un ejecutivo tradicional. Si esto.no se modifica, será una ley muy ventajosa para los acreedores y empresas prestamistas, incluso sector financiero, en detrimento del usuario y deudor. Son puntos para discutir y reflexionar creo. Con profundo cariño y respeto. Mil y mil gracias por el espacio

fabianlopez
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