IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE INMUEBLES (ITI) - BENEFICIARIOS DEL EXTERIOR

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En el presente informe nos ocuparemos de discutir las particularidades que presenta la solicitud, ante la autoridad fiscal nacional[1] de un certificado específico que, en sus efectos prácticos, termina por habilitar la transferencia del dominio de un inmueble siempre que se encuentre ubicado en territorio nacional argentino.

Si bien la operación de referencia (venta de inmuebles ubicados en territorio nacional argentino) puede ser realizado por personas humanas[2] o sucesiones indivisas[3] residentes en la República Argentina o en exterior, en esta oportunidad nos ocuparemos de las particularidades que presenta la solicitud cuando el vendedor se encuentra radicado en extraña jurisdicción, es decir, cuando el vendedor sea considerado residente[4] en el exterior.

Antes de iniciar el diálogo que aquí nos convoca es dable recordar que a la fecha de confección del presente informe podríamos decir que la operación de referencia presenta un “régimen dual” en cuanto a su tratamiento fiscal. No nos estamos refiriendo al tratamiento fiscal que podría derivar de la venta de un inmueble, efectuado por una persona humana o sucesión indivisa (contribuyente) en su carácter de habitualista en la compra-venta de inmuebles con fines de vivienda o bien constructor y vendedor de los mismos. No serán foco de atención (en este informe) este tipo de operaciones toda vez que para ellas la Ley 20.628 ya ofrecía (y ofrece) su tratamiento general (gravabilidad del acto conforme rentas de tercera categoría).

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Комментарии
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Excelente informe, gracias por compartirlo!

valerianardini
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Hola Sergio. Con la nueva Ley Bases queda eliminado el ITI y, según leo, también para los residentes del exterior. Entonces, ¿interpretas que ya no se pedirá este certificado de retención y que toda esta locura de trámite que implica que la AFIP investigue si la propiedad estuvo ocupada sin tributar deja de existir? En los requisitos para la transferencia, entonces, seriamos tratados con igualdad los residentes y los no residentes? Gracias!

cholilamer
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Ya es una comedia de tan complicado 😢😂😢😂

nesaze