Las detenciones en materia PENAL - Roy Stuart Derecho

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Mesa de diálogo sobre las cuarenta y ocho horas posteriores a la detención
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Buena tarde
Me parece una labor muy loable el compartir este conocimiento a través de su canal estimado lic Roy Stuart, muy comprometido con sus seguidores y para los que estamos estudiando Derecho, Ud., siempre representa una muy buena opcion y una luz en el camino, infinitas gracias!

angelicasanchez
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Excelente intervención del agente policial. Nada más que la realidad y la verdad en este nuevo sistema penal acusatorio. 🎉

christophaceves
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Buenas noches, excelente tema de todos los ponentes, gracias Lic.Roy

ricardanunezrojas
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Excelente ponencia. Gracias @Roy Stuart

lucerovelazquez
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Que feo habla o se expresa al Lic. Castillo. No sé le entiende muy bien. Escupe, habla rápido, baja el tono de voz, confunde lo que expresa. Ojalá y pudiera mejorar si se va a dedicar a instruir a otros. 😅

christophaceves
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Es un tema sumamente interesante

Son muchos los que intervienen en la detención, agentes aprensares, Ministerios públicos, Médicos Legistas, los operadores de los C4, Policías de Investigación, jueces e incluso el propio detenido.
Y efectivamente existen lagunas en las leyes, que poco a poco se van subsanando y se actualiza la ley, Siempre teniendo en cuenta que la ley es una ficción creada por el ser humano, y que los legisladores tratan de que estén a la par con la realizad sin embargo eso es imposible.

Tenemos que considerar que para la elaboración de las leyes los legisladores se asesoran de especialistas o al menos así debe de ser.

Además, no pasemos por alto otros factores, sociológicos, lo diré en términos muy generales, sin colores partidistas y sin la intensión de ofender; la falta de capacitación, falta de equipo policial, y la corrupción entre otros, este es uno de esos fenómenos ya que en ocasiones los policías tratan de tener algún beneficio de la situación lo mismo con el MP e incluso con los médicos legistas.

El tiempo promedio del llenado del IPH, es de 12 horas, si así de 12 horas, en las condiciones más difíciles, generalmente las detenciones son en la noche, días festivos, lugares retirados. Estoy seguro que, si los policías tienen capacitación y documentan cada uno de los hechos cronológicamente de lo que se suscite, como dejar esa evidencia, fotos, y llamadas la estación de policía o mensajes a la comandancia o incluso al MP.

Otro tipo de vicios en la práctica, es cuando el policía que hizo la detención, no es el que firma o el que aparece en la puesta a disposición.

Indudablemente somos más los que queremos que se cumpla con la ley, el camino es la capacitación, porque nos da herramientas y principalmente no permite hacer conciencia de lo que debemos de hacer desde el lugar en la sociedad que nos encontremos

Mi agradecimiento al Abogado Roy Stuart y a todos los participantes en este video

cibertecusinc
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Buenas noches apreciable Lic Roy, gracias por compartir estás mesas de diálogo, reciba un gran abrazo y felices fiestas🙏🪻🌻🤗

charitogomez
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Que importante es la capacitación a los policías en las detenciones y en el informe policial homologado. hay tanta gente delinquiendo y abogados dispuestos a abogar por ellos solo por un IPH mal hecho. lo que necesitamos es gente malhechora detenida. no que los dejen libres por culpa de los protocolos. Creo debería haber sanción a los policías que no hacen bien su chamba.

rocioamezcua
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Tristemente jamás se encargaron de analizar el control de la retención ministerial, es decir, en una audiencia inicial con detenido no se verifica solamente la legalidad de la detención, sino también de la retención ministerial, precisamente porque esa determinación del ministerio público es la que tuvo privado de su libertad al investigado, pues aunque no lo disponga así el artículo 308 el del Código Nacional de Procedimientos Penales, la jurisprudencia Interamericana obliga a los jueces a realizar el control de toda forma de privación de la libertad, sea detención o retención, es preocupante que siga sucediendo esto en el sistema acusatorio, siempre he dicho que los jueces que no analizan la legalidad de la retención y que solo se ciñen a verificar la legalidad de la detención y a realizar el cómputo de las 48 horas, actúan así por "estabilidad laboral", dicho de otra forma, por miedo a la represalia de sus superiores ante la absurda y falsa creencia de que dejar libres a las personas genera sensación de impunidad... Siempre he sostenido que un juez con miedo debe dimitir, y también que el juez debe estar dispuesto a perderlo todo por proteger su independencia. ¡Saludos cordiales al creador de este canal!

AngelAtristain
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en México la corrupción no se puede negar y no se tapa el sol con un dedo. una cosa es estar en un escritorio y otra la calle.

destroyerfletcorrecaminos
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Cual es momento procesal para poder apelar la ilegalidad de la detención?

vipr
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Indiscutiblemente nuestro sistema penal sigue con muchas deficiencias, ya que se debe de establecer con precisión el término de 48 horas, que debería ser a partir de que se pone a disposición del mp al indiciado, y desde luego proveer los tiempos y trámites administrativos que deben cumplir los elementos aprehensores debiendo dar un término para estos, y eso de que se viola el derecho del detenido por no ponerlo de forma inmediata y por ende dejarlo en inmediata libertad, eso es una aberración que no se apega a la realidad, ya que por no haber términos precisos los elementos aprehensores cometen errores en su IPH, y eso a la larga tiene una irregularidad que va a venefiar al delincuente, más cuando hay elementos suficientes para acreditar su responsabilidad en el proceso

jaal
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Pobre de todos los altos mandos, las fallas del sistema de gobierno tan raquítico que tenemos les recae a ellos y les exigimos más de lo que les permiten hacer con tan pocos recursos que les da nuestro país.

guadalupesilva
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Ese protocolo de actuación solo lo conoce y lo lleva a cabo el 3% de los cuerpos policiacos

zuiqfrk
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Gracias lic. Roy, excelente exposición,

griseldadiaz
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Perdón¿Cuál lineamiento los da hasta 5 horas? 🤔🤔🤔

kathykathy
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Qué jurisprudencia son aplicables por la calificación ilegal de la detención

ricardanunezrojas
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FELICITO A LOS PONENTES, POR SU EXELENTE EXPOSICION. Y GRACIAS

jobgerardomartinezlara
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Me enseñas tanto Roy que me alegra poder pasarme video tras video, millones de graciqs

irais
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Buenas noches lic....si alguien de nosotros le solicita a usted que comparta las diapositivas usted lo puede hacer??? O bien y algún correo electrónico para contactar

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