ATRIBUCIÓN DE LA VIVIENDA FAMILIAR: Matrimonio vs Uniones convivenciales

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En las UNIONES CONVIVENCIALES, ¿puede atribuirse el uso de la vivienda familiar como se lo hace en las uniones matrimoniales?

Aunque con limitaciones, la respuesta es sí. Mirá el video completo en el que el Dr. Belluscio desarrolla la respuesta.

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🛑 Etiquetas: #Divorcio #Derechodefamiliaargentina #Belluscio #atribuciondelavivienda #unionesconvivenciales

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BIBLIOGRAFÍA RECOMENDADA

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SOBRE EL AUTOR:

El Dr. Belluscio es Abogado, egresado de la Universidad del Salvador (USAL) y especializado en Derecho de Familia, en la Universidad Nacional de Rosario (UNR).

Se dedicó a la investigación, interpretación y divulgación de dicha especialización, y publicó más de treinta libros.

Actualmente escribe manuales de práctica profesional del Derecho de Familia y es docente en el posgrado de especialización de familia en la UBA y otras Universidades de Argentina.

Viaja frecuentemente y da conferencias en todo el país.

A través de sus Grupos de Facebook difunde el Derecho de Familia y comparte con más de veinte mil abogadas y abogados de todo el país las novedades más relevantes de la materia.

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ARTÍCULOS DE DOCTRINA DEL DR. BELLUSCIO

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Комментарии
Автор

Y si la vivienda no pertenece a ninguno ? Si la familia vivía de "prestado" allí

nelsonmartinezfolk
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Gracias por la explicación.
Pregunto como incide el tema de la titularidad de dominio del inmueble que es vivienda familiar en la asignación de su uso u ocupación al producirse una ruptura de la unión convivencial?

roxanac.grilli
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La duda es si hay 2 propiedades en el mismo terreno?puede habitar uno y el otro la otra vivienda?siendobque uno de los 2 es propietario en rste caso el hombre es propietario.

genaroyt
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Desde la ignorancia pregunto, el Dr. Claudio Belluscio tiene alguna relación de parentesco con el maestro belluscio augusto cesar?

pedrosbarrios