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Descubre el Secreto para Presentar tus Alegatos de Conclusión Correctamente

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La mayoría de los colegas, al momento de presentar los alegatos de conclusión insisten erradamente en hacer una reseña histórica del proceso. Qué tipo de proceso es, quien presentó la demanda, cuando la presentó, que pide, cuando contestaron la demanda, las excepciones alegadas etc.
Datos que son fáciles de verificar solo con echarle un vistazo al expediente.
Esta práctica ha conllevado a que la mayoría de los jueces lleguen a las audiencias con la sentencia prácticamente elaborada, solo a la espera de su lectura. Puesto que muy probablemente no se escuchará en la etapa de alegatos, algún argumento valioso, de los apoderados de las partes, que le haga pensar siquiera, en tomar una decisión diferente o la misma con un criterio ajustado al caso puntual.
Por lo tanto, en esta oportunidad quiero enseñarles la manera correcta en la que se deben presentar los alegatos de conclusión para convencer a su juez de turno.
Sea válido indicar que la regla que se expondrá deberá ajustarse a cada caso en concreto.
Lo primero que debemos tener presente es que más que hacer una reseña histórica del proceso, debemos hacer un examen critico de las pruebas.
En este punto, partiremos por indicar:
1.-. Qué pruebas aportó y pidió la parte demandante y en su defecto, que pruebas aportó y pidió la parte demandada.
2.-. De esas pruebas pedidas por las partes, cuales fueron decretadas por el Juez. Y, de darse el caso, cuales fueron decretadas de manera oficiosa por el administrador de justicia.
3.-. De las pruebas decretadas, cuales fueron practicadas.
El siguiente paso es eventual, puede que tenga lugar, pero puedo no tener lugar en el caso.
4.-. De las pruebas practicadas, cuales deben ser excluidas por ser violatorias del debido proceso.
5.-. A continuación, y muy a pesar de tener claro que las pruebas se valoran en conjunto, de las pruebas practicadas, haremos una valoración individual de cada prueba, con la conclusión que de manera aislada arroja cada una.
Aquí será importante tener presente todo lo que sucedió durante su práctica. Ejemplo, si al momento del interrogatorio de parte tuvo lugar una confesión, si durante interrogatorio al perito se evidenció su falta de idoneidad o si el testigo manifestó un interés y un beneficio en las resultas del proceso aquí es donde se deberán traer a colación para que el juez los tenga presente al momento de decidir.
6.-. Por último, en cuanto al examen critico de las pruebas, haremos una valoración en conjunto de todas las pruebas. Es decir, la conclusión que nos arrojó el debate probatorio.
Superado el examen critico de las pruebas, lo siguiente será mencionar los fundamentos de derecho que respaldan nuestros alegatos de conclusión.
Recuerden que a los abogados se nos exige una carga argumentativa y que nuestros argumentos deben estar cimentados en el ordenamiento jurídico vigente. Por tal razón, no debemos escatimar en mencionar la normatividad que apoye nuestra conclusión, tales como artículos de la Constitución, Tratados y Convenciones Internacionales, Jurisprudencia, Leyes, Decretos Etc.
En tercer lugar, en nuestros alegatos, le indicaremos al juez la forma en la que deberá calificar la conducta procesal de las partes durante el desarrollo del proceso y de ser el caso, deducirle indicios de hechos probados.
Un ejemplo podría ser, ¿recuerda señor juez, cuando a la contraparte durante el interrogatorio se le preguntó puntualmente tal tema y fue muy evasivo al momento de responder, a tal punto que nunca respondió como tal la pregunta realizada? Pues califique de manera negativa su conducta.
Por último, cerraremos nuestros alegatos de conclusión proponiéndole al juez como debe fallar.
Para ello, nos apoyaremos en un silogismo. Que no es otra cosa que una conclusión lógica que tiene lugar por la sumatoria de dos premisas. Algo así:
Señor juez, por un lado, tenemos los fundamentos de derecho. Es decir, lo que indica el ordenamiento jurídico frente al caso en concreto. Y por el otro lado tenemos los hechos probados dentro del proceso. Eso nos arroja un resultado lógico, el cual es fallar en favor de nuestra tesis.
De esta manera, se estarían presentando unos alegatos de conclusión bastantes contundentes. Qué muy seguramente llevarán al juez a apartarse de su libreto inicial.
La mayoría de los colegas, al momento de presentar los alegatos de conclusión insisten erradamente en hacer una reseña histórica del proceso. Qué tipo de proceso es, quien presentó la demanda, cuando la presentó, que pide, cuando contestaron la demanda, las excepciones alegadas etc.
Datos que son fáciles de verificar solo con echarle un vistazo al expediente.
Esta práctica ha conllevado a que la mayoría de los jueces lleguen a las audiencias con la sentencia prácticamente elaborada, solo a la espera de su lectura. Puesto que muy probablemente no se escuchará en la etapa de alegatos, algún argumento valioso, de los apoderados de las partes, que le haga pensar siquiera, en tomar una decisión diferente o la misma con un criterio ajustado al caso puntual.
Por lo tanto, en esta oportunidad quiero enseñarles la manera correcta en la que se deben presentar los alegatos de conclusión para convencer a su juez de turno.
Sea válido indicar que la regla que se expondrá deberá ajustarse a cada caso en concreto.
Lo primero que debemos tener presente es que más que hacer una reseña histórica del proceso, debemos hacer un examen critico de las pruebas.
En este punto, partiremos por indicar:
1.-. Qué pruebas aportó y pidió la parte demandante y en su defecto, que pruebas aportó y pidió la parte demandada.
2.-. De esas pruebas pedidas por las partes, cuales fueron decretadas por el Juez. Y, de darse el caso, cuales fueron decretadas de manera oficiosa por el administrador de justicia.
3.-. De las pruebas decretadas, cuales fueron practicadas.
El siguiente paso es eventual, puede que tenga lugar, pero puedo no tener lugar en el caso.
4.-. De las pruebas practicadas, cuales deben ser excluidas por ser violatorias del debido proceso.
5.-. A continuación, y muy a pesar de tener claro que las pruebas se valoran en conjunto, de las pruebas practicadas, haremos una valoración individual de cada prueba, con la conclusión que de manera aislada arroja cada una.
Aquí será importante tener presente todo lo que sucedió durante su práctica. Ejemplo, si al momento del interrogatorio de parte tuvo lugar una confesión, si durante interrogatorio al perito se evidenció su falta de idoneidad o si el testigo manifestó un interés y un beneficio en las resultas del proceso aquí es donde se deberán traer a colación para que el juez los tenga presente al momento de decidir.
6.-. Por último, en cuanto al examen critico de las pruebas, haremos una valoración en conjunto de todas las pruebas. Es decir, la conclusión que nos arrojó el debate probatorio.
Superado el examen critico de las pruebas, lo siguiente será mencionar los fundamentos de derecho que respaldan nuestros alegatos de conclusión.
Recuerden que a los abogados se nos exige una carga argumentativa y que nuestros argumentos deben estar cimentados en el ordenamiento jurídico vigente. Por tal razón, no debemos escatimar en mencionar la normatividad que apoye nuestra conclusión, tales como artículos de la Constitución, Tratados y Convenciones Internacionales, Jurisprudencia, Leyes, Decretos Etc.
En tercer lugar, en nuestros alegatos, le indicaremos al juez la forma en la que deberá calificar la conducta procesal de las partes durante el desarrollo del proceso y de ser el caso, deducirle indicios de hechos probados.
Un ejemplo podría ser, ¿recuerda señor juez, cuando a la contraparte durante el interrogatorio se le preguntó puntualmente tal tema y fue muy evasivo al momento de responder, a tal punto que nunca respondió como tal la pregunta realizada? Pues califique de manera negativa su conducta.
Por último, cerraremos nuestros alegatos de conclusión proponiéndole al juez como debe fallar.
Para ello, nos apoyaremos en un silogismo. Que no es otra cosa que una conclusión lógica que tiene lugar por la sumatoria de dos premisas. Algo así:
Señor juez, por un lado, tenemos los fundamentos de derecho. Es decir, lo que indica el ordenamiento jurídico frente al caso en concreto. Y por el otro lado tenemos los hechos probados dentro del proceso. Eso nos arroja un resultado lógico, el cual es fallar en favor de nuestra tesis.
De esta manera, se estarían presentando unos alegatos de conclusión bastantes contundentes. Qué muy seguramente llevarán al juez a apartarse de su libreto inicial.
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