Intereses a las cesantías pagados por el empleador en la declaración de renta personas naturales

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Responde conferencista: Diego Guevara

¿Cuál es el tratamiento tributario en el impuesto de renta de los intereses de cesantías pagados por el empleador y los rendimientos recibidos desde el fondo de cesantías?

Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, interviene para explicar en detalle cuál es el tratamiento tributario en el impuesto de renta de los ingresos obtenidos con ocasión del pago de las cesantías.
Recordemos que por el año gravable 2019 deberán presentar y, si es el caso, pagar el impuesto de renta las personas naturales que cumplen con algunos de los requisitos relacionados a continuación:

1. Patrimonio bruto superior a 4.500 UVT a diciembre 31 de 2019.
2. Ingresos brutos superiores a 1.400 UVT a diciembre 31 de 2019.
3. Ser responsable del IVA dentro de Colombia durante 2019.
4. Consumos con tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT.
5. Compras y consumos totales en 2019, independientemente de la modalidad y medio de pago, superiores a 1.400 UVT.
6. Consignaciones, depósitos o inversiones financieras en Colombia y en el exterior superiores a 1.400 UVT.

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Комментарии
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Muy clara e ilustrativa su respuesta Dr. Guevara. Muchas gracias.

Автор

Pero el articulo 206 del Estatuto Tributario señala que los intereses sobre cesantías son rentas laborales exentas.

oscarbello