filmov
tv
Beneficios tributarios para personas jurídicas en la vigencia 2022
Показать описание
¿Cuáles son los beneficios tributarios en materia del impuesto de renta que estarán vigentes para las personas jurídicas en el año gravable 2022?
#ActualíceseVideo #DeclaraciónDeRentaPersonaJurídica
A continuación, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, señala cuáles son los beneficios tributarios en materia del impuesto de renta que estarán vigentes para las personas jurídicas en el año gravable 2022, según lo mencionado en el artículo 240 del Estatuto Tributario, entre otras normativas.
Complementa esta respuesta visitando nuestro análisis Exenciones tributarias para personas jurídicas no son controladas y acrecientan el poder empresarial.
En Actualícese encontrarás de manera frecuente consultorios, tutoriales, charlas, webinars y tips elaborados con los principales expertos del país en lo concerniente al tema de la declaración de renta de personas jurídicas.
Con Actualícese Video puedes actualizarte diariamente sobre impuestos, contabilidad, derecho laboral, derecho comercial y revisoría fiscal.
Síguenos en nuestras redes:
#ActualíceseVideo #DeclaraciónDeRentaPersonaJurídica
A continuación, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, señala cuáles son los beneficios tributarios en materia del impuesto de renta que estarán vigentes para las personas jurídicas en el año gravable 2022, según lo mencionado en el artículo 240 del Estatuto Tributario, entre otras normativas.
Complementa esta respuesta visitando nuestro análisis Exenciones tributarias para personas jurídicas no son controladas y acrecientan el poder empresarial.
En Actualícese encontrarás de manera frecuente consultorios, tutoriales, charlas, webinars y tips elaborados con los principales expertos del país en lo concerniente al tema de la declaración de renta de personas jurídicas.
Con Actualícese Video puedes actualizarte diariamente sobre impuestos, contabilidad, derecho laboral, derecho comercial y revisoría fiscal.
Síguenos en nuestras redes: