CLASE DE PROCESAL CIVIL ESPECIAL - LA DEMANDA PARTE 1 (INTRODUCCION, PRETENSIONES Y HECHOS) - 6 AGO

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Комментарии
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Doctor excelente manejo del tema, y se hace entender fácilmente bendiciones 👍🙏🏼

jhonathanportilla
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¡Qué magistralidad esa manera de enseñar!
Me le quito el sombrero, domina el tema a la perfección.

Muchas gracias por impartir sus conocimientos, no sabe cuánto puede contribuir a nosotros los estudiantes de derecho en hacer un poco más comprensible la parte procesal que aveces se nos difulta, en lo que respecta a mí se me dificulta, ya que es un tema denso y riguroso.

Gracias una vez más.

maryblum
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excelente Dr. con respeto le digo que afortunados sus alumnos, es usted muy claro y conciso con temas que nos enseñaron de una forma tan enredada.

juancarloschaparro
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Doctor gracias por sus catedras son muy buenas y orientan a sus estudiantes y suscriptores, como abogados y personas en general, gracias por su servicio y humildad de dar sus conocimientos tan claros como concisos .

elmashirleycelis
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Lo felicito manejas el tema muy bien. Y es muy casuistico

orlandoorozcolozada
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EL Todo mi respeto y admiración. (amor platónico)

aixadanielatorovalencia
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Dr Daniel lo felicito por la explicación es muy clara y precisa!

levisescobar
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Dr, usted es un Maestrazo! Gracias por su valioso aporte.

renesantamaria
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Profesor, desde la ciudad de Bogota le mando mis afectos ya que gracias a su video avalado muchas dudas . Excelente labor . Saludos

davidavellaneda
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Excelente explicacion se aprende muchisimo por su buena forma de enseñanza es muy clara

sergiogrisalessierra
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Excelente, clase. Me queda una inquietud, si la pregunta del minuto: 1.21, 39, es sobre una nulidad de matrimonio, no se entiende que no hubo negocio o actuación en términos jurídicos? En familia eso no ocurre? y si se anula el matrimonio, no debe volver todo al estado inicial y cada uno de los intervinientes devolver lo que en términos de ley, no debía haber utilizado? Cuales entonces, son las reglas par ale caso particular en familia?

elviraortiztrivino
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Profe mil gracias, por compartir su conocimiento

jorgejaramillo
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Dr. tiene algun video hablando del desestimiento y cómo se realiza? tengo un parcial mañana y realmente solo le entiendo a usted

carlosamaya
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Buenas noches fui demandada por deuda con banco no pude presentar las excepciones que puedo hacer muchas gracias por su respuesta ya que no se cono proceder y no tengo para un abogado

claudiamartin
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Por qué se menciona la palabra contencioso en la demanda?
En el ejemplo de divorcio se puede pedir por varias cáusales donde se pretenda la condena del cónyuge culpable?

dianamarcelaavila
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doctor daniel primero muchas gracias por el contenido que sube y la dedicacion, agradecerle porque ha facilitado mi proceso de aprendizaje, y segundo, como puedo obtener ese mismo codigo virtual ? es algun programa de pago o donde lo podria adquirir ?

jeancjara
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Excelente. Tengo una duda. Por favor me la puede resolver. Tengo cuatro pretensiones. La primera que reconozca el ingreso (pago) de una cuota del un credito. La segunda pretensión es devolución de la cuota, la tercera es reliquidar un crédito incluyendo el pago de esa cuota. Y la cuarta es la devolución de saldos producto de la reliquidación.
Desde mi perspectiva se excluyen unas con otras. Que recomendación me daría? Algún libro? Un vídeo? Un consejo? Etc... Quedó muy atenta Dr. Muchas gracias.

abogadaneylaportilla
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Buenos tardes, le escribo porque tengo un proceso en un juzgado de circuito (segunda instancia) y ya realizaron la solicitud de corrección de sentencia al juzgado civil, que tiempo se demora esto y cuáles son los pasos a seguir si un mandato judicial y que tiempo se tiene para acatar este mandato, gracias

mauriciogutierrezloaiza
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Cordial saludo Dr. Lopera, ante todo agradecido por el acceso público a su cátedra, en igual manera por tan excelente contenido. Me surge la siguiente duda: de las pretensiones subsidiarias también se desprenden consecuencias, ¿se acumulan de la misma forma? y en ese sentido, ¿estará el Juez en la obligación de pronunciarse al respecto de concederlas o no, al igual que las principales?
Gracias nuevamente.

fredypineros
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Hola, cordial saludo
Tengo una inquietud.
si se anula el matrimonio católico es necesario cesar los efectos civiles? O de anularlo inmediatamente cesan los efectos civiles?

yajairavargas