JUBILACIÓN para PERSONAS CON DISCAPACIDAD (reforma de mayo 2023) 😀

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EDAD DE JUBILACIÓN PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Para determinados grados de discapacidad (45% y 65%) es posible anticipar la jubilación sin padecer ninguna penalización sobre la pensión.

Para personas con discapacidad del 65% es posible reducir la edad de jubilación 0,25 años por cada año trabajado. En caso de necesitar ayuda de otra persona para actos básicos de la vida, el reductor se incrementa a 0,5 años por cada año trabajado en situación de discapacidad.

Discapacidad intelectual.
Parálisis cerebral.
Síndrome de Down.
Síndrome de Prader Willi.
Síndrome X frágil.
Osteogénesis imperfecta.
Acondroplasia.
Fibrosis Quística.
Enfermedad de Wilson.
Trastornos del espectro autista.
Anomalías congénitas secundarias a Talidomida.
Secuelas de polio o síndrome postpolio.
Traumatismo craneoencefálico.
Secuelas de tumores del SNC, infecciones o intoxicaciones.
Esquizofrenia.
Trastorno bipolar.
Esclerosis lateral Amiotrófica.
Esclerosis múltiple.
Leucodistrofias.
Síndrome de Tourette.
Lesión medular traumática.
Por otra parte, posible solicitar la jubilación a los 56 años si se tiene un grado de discapacidad del 45% y además, se padece alguna de las patologías que enumero a continuación.
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Комментарии
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Lo vende a bombo y platillo, si sólo han reducido los años de cotización, bien podían facilitarnos para los que tenemos más del 45%, pero cómo nos estamos en esa lista, para cuando, porque si tenemos esa discapacidad será por algo, gracias.

rafarodriguez
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Muy buena información, al menos en mi caso, muchas gracias por informar a gente como yo que nos encontramos en situaciones como la que nos explicas con tanta nitided y abgetividad en los asuntos, , , , mil gracias, , , , Saludos desde Cantabria...

franciscorivas
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Para el estado las personas con discapacidad del 33 hasta el 44 % no son discapacitados?

AtopeConUcrania-dpdx
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Muchas felicidades por el canal y por compartir su conocimiento. Gracias

candyos
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👍 Te mereces los 100.000 suscriptores y mas.
Tu canal es necesario
Saludos y gracias por tu labor

sn
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Hola yengo un 43 por ciento fui al centro para que me la revisaran para aumentarla y sali de alli que no llevaba informe medico mi doctora de cabecera no puede darme nada me dice que ellos acceden al historial médico en fin que me hicieron firmar un papel para que no se me rebajara el grado una película surrealista sali con una impotencia ....no entendí nada cómo te tratan llevo 30 años con el mismo grado y claro con la edad voy aminorando mis capacidades

mariadelcarmenmedinagalan
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Muchas felicidades por esos casi 100.000! Tu contenido es claro y preciso así que seguro que llegas pronto a más gente!

mamenmencar
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Hola, tengo una discapacidad del 45% reconocida desde hace más de 8 años, en breve me valorarán de nuevo ya que estoy peor; en el caso que me concediesen el 65% tendría que esperar otros 5 años con el 65% o sería suficiente con los años que llevo con la discapacidad reconocida. Voy a cumplir 62 años y tengo suficientes años cotizados para poderme jubilar. Espero me puedas ayudar con la respuesta y muchas gracias por tu labor.

javiercalleja
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A mi me gustaría saber sobre el subsidio de las ama de casa. gracias

helenainiesta
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Muy muy interesante
Podrías hablar sobre la jubilacion parcial con contrato de relevo para las industrias manufactureras ?
Las ventajas I desventajas de este tipo de jubilacion.Muchas gracias y te voy siguiendo ya que lo explicas muy bien

pietatcapdevila
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Gracias Ignacio por la gran labor que haces informándonos a todos
Me gustaría preguntarte ¿Cómo se calcula la pensión para discapacitados con un 45%? Y ¿la base reguladora?

juansaez
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Buenas tardes Sr. Ignacio: Ante todo agradecerle sus valiosas aportaciones a su canal, al cual soy asiduo a su visionado y aprendizaje. Yo también quisiera aportar algo que considero relevante y no ser vetado o censurado por ello. En el ámbito de aplicación del nuevo RD cito textualmente ''... se aplicará a las personas que hayan trabajado un tiempo efectivo equivalente, al menos, al periodo mínimo de cotización (15 años, nota del suscriptor) que se exige para poder acceder a la pensión de jubilación'' afectado por alguna de esas patologías del anexo.

Jesusmentor
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Yo quisiera por favor que me dijera si tengo derecho a algo tengo fibromialgia desde hace muchos años hay días que me encuentro fatal tengo también un una insuficiencia en el corazón genética tengo muchísima artrosis en las rodillas en los pies me cuesta mucho tengo derecho a algo por favor contésteme te lo agradezco infinito muchas gracias por anticipado 🙏🙏

ameliasanchez
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Gracias por tus vídeos muy interesante, cuánto se aprende.Felicidades por los muy pronto 💯mil seguidores no sabes que orgullosa me siento ser uno de ellos.Un saludo 🫡.

deysiarmijos
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Buenas tardes una pregunta yo que tengo incapacidad permanente de 33

elmadihicham
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Somos fieles admiradores, sucritos y con el libro de la jubilción pero tenemos una duda sobre las personas que pertenecen a colectivos que les permiten jubilarse con coeficientes reductores (por ejemplo, policias, mineros o personas con discapacidad ... etc). Entendemos que pueden jubilarse anticipando su fecha de jubilación ordinaria sin que se le apliquen coeficientes reductores. La duda está en que si aplicando las normas de colectivos en vez de jubilarse a 65 años pudiera jubilarse con 62 años, luego además podemos aplicar dos años más de descuento en tanto que jubilación anticipada del 208 LGSS. ¿Es posible jubilarse anticipadamente de modo volunario via art.208 sobre la edad ya "rebajada" aplicando el RD 1539/2003?

csubils
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Y los que tengamos la discapacidad del 33% desde hace ya mas de 20 años todo sigue igual? gracias por la información.

antoniomanuelhernandezterr
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Buenas. Con esta ley con todos los requisitos ke tanto por % se cobra de la vase reguladora de los últimos 13 años. Gracias

jorgeburgoscascajosa
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Por favor la ayuda económica para grado 3 de discapacidad y prometida su aumento de 387 a 454....cuando entra en vigor?
El gobierno lo anunció el 21 de Diciembre 2022
Muchas gracias

joseperdut
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Entonces la fórmula para ver la edad de jubilación 65% sería 65 años-(años trabajados*0, 25). Por ejemplo si he trabajado 20 años me podría jubilar a los 65-(20*0, 25)=60 años...la norma nueva me parece injusta pues hay enfermedades muy graves aparte de las que se mencionan para los que sólo se les exige 5 años cotizados. Yo por ejemplo he estado 45 años en hemodiálisis y tengo 4 trasplantes de riñón a mis espaldas con todo el deterioro que ello supone. Ahora mismo tengo una pensión de incapacidad total que es una miseria y un grado del 90% de discapacidad y esperaba poder jubilarme con 52 que los cumplo en diciembre a ver si me compensaba mejor la pensión de jubilación pero veo que no, que tengo que esperar a los 60. Muchas gracias por el vídeo.

TeteSJ