El CJF precisó los motivos por los que negó separar del cargo a dos magistrados

preview_player
Показать описание
El Consejo de la Judicatura Federal, con base en la fracción décima del artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, tiene la facultad de suspender a magistrados de Circuito y Jueces de Distrito a solicitud de la autoridad judicial, que conozca del procedimiento penal que se siga en su contra.
Рекомендации по теме