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Así se factura IVA entre Constructor-Promotor
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Son muchas las empresas constructoras que tienen dudas a la hora de facturar con IVA 0% de Constructor-Promotor. Esto es debido a que dicho IVA es inversión del sujeto pasivo. Para que se entienda la promotora tendrá que repercutirse el IVA en el documento 303.
Como comento en el video he facturado a una promotora inmobiliaria como constructor. Pagaba IVA sobre los materiales al 21% pero lo facturaba al 0% teniendo que reclamarlo cada vez. Para mi presentaba un problema ya que, a parte de aguantar la mano de obra, tenía que aguantar el material y su correspondiente IVA.
Para poder emitir una factura a una empresa promotora, tenemos que asegurarnos de lo siguiente:
• Que es una promotora cuya actividad se ve reflejada en su IAE
• Nuestros trabajos los hacemos a una obra nueva destinada a la venta.
• La factura tiene que ser de mano de obra con o sin material. En caso de emitir factura solo de material tendremos que facturarle en 21%
En cada factura que emitimos con IVA 0% tendremos que poner el texto:
“Operación de inversión sujeto pasivo respeto a la ley del artículo 84.u.2on.f de la Ley de Iva 37/1992”
Y pedir la siguiente documentación:
• Certificado de situación en el censo de actividades económicas.
• Impuesto sobre el valor añadido CERTIFICADO DE LA CONDICIÓN DE SUJETO PASIVO
Estos documentos los pueden ver en el siguiente enlace:
En la construcción siempre hemos tenido diferentes tipos de IVA, muchas gestorías y contables quizás no están acostumbrados a este tipo de actividades. Yo personalmente tuve problemas en la empresa promotora ya que no me auto imputaban el IVA en la declaración 303. Tuve que cambiar de contable y para arreglar esto pagar el IVA en cuestión y luego reclamarlo.
Es muy importante trabajar con una buena gestoría especializada en construcción. Yo en mi caso ya que estoy en Barcelona uso los siguientes servicios:
Imagínate por un momento que estas construyendo un edificio y te auto imputas el IVA como inversión del sujeto pasivo el cual será un 0% sobre los que te facturan mano de obra con o sin materiales.
Si te quieres quedar en propiedad algunos apartamentos para destinarlos al alquiler, tendrás que declarar el IVA el cual te has auto imputado como inversión del sujeto pasivo y pagarlo. Esto lo tienes que hacer a la firma del contrato de alquiler.
Como comentamos la inversión del sujeto pasivo solo son para empresas las cuales facturan mano de obra con o sin materiales, pero las siguientes empresas lo facturaran al 21%
• Arquitecto
• Aparejador
• Materiales sin mano de obra.
• Transporte. (servicios de grúas y descargas puede ser con IVA 0%)
Los que normalmente facturan con IVA 0% a las promotoras inmobiliarias son:
• Albañiles
• Carpinteros
• Fontaneros
• Electricistas.
• Montadores de calefacción.
• Colocadores.
• Electrodomésticos con montaje.
• Etc.
El problema que tienen los autónomos constructores al trabajar en obra nueva es que se les hace un inconveniente tener que aguantar el IVA de los materiales y luego reclamarlo. En este proceso es normal que tengan alguna inspección de comprobación la cual pagaremos de gestor unos 800 euros anuales para la preparación de la documentación que nos pedirá hacienda.
En caso de pactar con la promotora inmobiliaria solo la facturación de mano de obra y que los materiales vayan a cuenta de la promotora, la promotora aguantara el IVA pero usted como autónomo al trabajar largos periodos de tiempo para una promotora inmobiliaria le pueden acusar de falso autónomo.
Si quieres información de como facturar a autopromotores vea el siguiente video:
Como comento en el video he facturado a una promotora inmobiliaria como constructor. Pagaba IVA sobre los materiales al 21% pero lo facturaba al 0% teniendo que reclamarlo cada vez. Para mi presentaba un problema ya que, a parte de aguantar la mano de obra, tenía que aguantar el material y su correspondiente IVA.
Para poder emitir una factura a una empresa promotora, tenemos que asegurarnos de lo siguiente:
• Que es una promotora cuya actividad se ve reflejada en su IAE
• Nuestros trabajos los hacemos a una obra nueva destinada a la venta.
• La factura tiene que ser de mano de obra con o sin material. En caso de emitir factura solo de material tendremos que facturarle en 21%
En cada factura que emitimos con IVA 0% tendremos que poner el texto:
“Operación de inversión sujeto pasivo respeto a la ley del artículo 84.u.2on.f de la Ley de Iva 37/1992”
Y pedir la siguiente documentación:
• Certificado de situación en el censo de actividades económicas.
• Impuesto sobre el valor añadido CERTIFICADO DE LA CONDICIÓN DE SUJETO PASIVO
Estos documentos los pueden ver en el siguiente enlace:
En la construcción siempre hemos tenido diferentes tipos de IVA, muchas gestorías y contables quizás no están acostumbrados a este tipo de actividades. Yo personalmente tuve problemas en la empresa promotora ya que no me auto imputaban el IVA en la declaración 303. Tuve que cambiar de contable y para arreglar esto pagar el IVA en cuestión y luego reclamarlo.
Es muy importante trabajar con una buena gestoría especializada en construcción. Yo en mi caso ya que estoy en Barcelona uso los siguientes servicios:
Imagínate por un momento que estas construyendo un edificio y te auto imputas el IVA como inversión del sujeto pasivo el cual será un 0% sobre los que te facturan mano de obra con o sin materiales.
Si te quieres quedar en propiedad algunos apartamentos para destinarlos al alquiler, tendrás que declarar el IVA el cual te has auto imputado como inversión del sujeto pasivo y pagarlo. Esto lo tienes que hacer a la firma del contrato de alquiler.
Como comentamos la inversión del sujeto pasivo solo son para empresas las cuales facturan mano de obra con o sin materiales, pero las siguientes empresas lo facturaran al 21%
• Arquitecto
• Aparejador
• Materiales sin mano de obra.
• Transporte. (servicios de grúas y descargas puede ser con IVA 0%)
Los que normalmente facturan con IVA 0% a las promotoras inmobiliarias son:
• Albañiles
• Carpinteros
• Fontaneros
• Electricistas.
• Montadores de calefacción.
• Colocadores.
• Electrodomésticos con montaje.
• Etc.
El problema que tienen los autónomos constructores al trabajar en obra nueva es que se les hace un inconveniente tener que aguantar el IVA de los materiales y luego reclamarlo. En este proceso es normal que tengan alguna inspección de comprobación la cual pagaremos de gestor unos 800 euros anuales para la preparación de la documentación que nos pedirá hacienda.
En caso de pactar con la promotora inmobiliaria solo la facturación de mano de obra y que los materiales vayan a cuenta de la promotora, la promotora aguantara el IVA pero usted como autónomo al trabajar largos periodos de tiempo para una promotora inmobiliaria le pueden acusar de falso autónomo.
Si quieres información de como facturar a autopromotores vea el siguiente video:
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