filmov
tv
PRESCRIPCIÓN DE LA PENA C.O.I.P. ( ECUADOR)
Показать описание
Art. 75.- Prescripción de la pena.- La pena se considera prescrita de conformidad con las siguientes reglas:
1. Las penas restrictivas de libertad prescribirán en el tiempo máximo de la pena privativa de libertad prevista en el tipo penal más el cincuenta por ciento.
2. Las penas no privativas de libertad prescribirán en el tiempo máximo de la condena más el cincuenta por ciento.
La prescripción de la pena comenzará a correr desde el día en que la sentencia quede ejecutoriada.
3. Las penas restrictivas de los derechos de propiedad prescribirán en el mismo plazo que las penas restrictivas de libertad o las penas no privativas de libertad, cuando se impongan en conjunto con estas; en los demás casos, las penas restrictivas de los derechos de propiedad prescribirán en cinco
años.
La prescripción requiere ser declarada.
No prescriben las penas determinadas en las infracciones de agresión, genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, desaparición forzada de personas, crímenes de agresión a un estado, peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito, daños ambientales y, contra la integridad sexual y
reproductiva cuyas víctimas sean niños, niñas y adolescentes.
#ExpertosEnDerechoPenal
Consultorías jurídicas especializadas en derecho penal y constitucional, atención especializada previa cita.
#ParaRevisiónDeProcesosPenales
1.- Quito, torre corporativa Boreal , 4to piso , oficina 404 en la Av. 12 de Octubre y Colón diagonal al Swiss Hotel
2.- Guayaquil, edificio The Point, cerro Santa Ana , 10 piso.0998570802
Dr. José Javier Quiroz H.C.
Pres. Fundación Jurídica Ecuatoriana/ director Quiroz & asociados.
1. Las penas restrictivas de libertad prescribirán en el tiempo máximo de la pena privativa de libertad prevista en el tipo penal más el cincuenta por ciento.
2. Las penas no privativas de libertad prescribirán en el tiempo máximo de la condena más el cincuenta por ciento.
La prescripción de la pena comenzará a correr desde el día en que la sentencia quede ejecutoriada.
3. Las penas restrictivas de los derechos de propiedad prescribirán en el mismo plazo que las penas restrictivas de libertad o las penas no privativas de libertad, cuando se impongan en conjunto con estas; en los demás casos, las penas restrictivas de los derechos de propiedad prescribirán en cinco
años.
La prescripción requiere ser declarada.
No prescriben las penas determinadas en las infracciones de agresión, genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, desaparición forzada de personas, crímenes de agresión a un estado, peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito, daños ambientales y, contra la integridad sexual y
reproductiva cuyas víctimas sean niños, niñas y adolescentes.
#ExpertosEnDerechoPenal
Consultorías jurídicas especializadas en derecho penal y constitucional, atención especializada previa cita.
#ParaRevisiónDeProcesosPenales
1.- Quito, torre corporativa Boreal , 4to piso , oficina 404 en la Av. 12 de Octubre y Colón diagonal al Swiss Hotel
2.- Guayaquil, edificio The Point, cerro Santa Ana , 10 piso.0998570802
Dr. José Javier Quiroz H.C.
Pres. Fundación Jurídica Ecuatoriana/ director Quiroz & asociados.
Комментарии