🔴 ¿Es legal grabar las conversaciones? | Vilches Abogados Madrid

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El artículo 18.3 de La Constitución Española establece el secreto de las comunicaciones, pero no todo es secreto.

Hay que distinguir entre conversaciones propias y ajenas. Las ajenas necesitamos una autorización judicial que autorice esa grabación. Pero las propias, las que una persona está manteniendo conmigo y SI son legales grabadas. Ya que la persona que ha mantenido esa conversación es una de las interesadas y puede grabarla.

Si estás en un caso parecido o necesitas que revisemos tu caso, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Nuestros abogados te asesoraran sin compromiso.

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